Facua reclama al Consejo de Cofradías el reembolso automático del dinero de las sillas de la carrera oficial
Insta al Ayuntamiento a sancionar a la institución si no procede de este modo
¿Qué pasaría con el dinero de los abonados de las sillas si se suspende la Semana Santa de Sevilla?
Facua Sevilla ha reclamado al Consejo de Cofradías a que realice de manera automática el reembolso del dinero de las sillas y palcos de la carrera oficial de la Semana Santa. La asociación de consumidores ya advirtió la semana pasada en este periódico que actuaría de este modo si la institución cofradiera no actuaba. Facua también ha pedido por escrito al Ayuntamiento de Sevilla que inste al Consejo a devolver el dinero y, en caso contrario, que ejerza su potestad sancionadora.
Desde que el Ayuntamiento, el Arzobispado y el Consejo de Cofradías acordaron colegiadamente el pasado 14 de marzo la suspensión de las procesiones de este año debido al estado de alarma provocado por el coronavirus, se ha abierto un intenso debate a cuenta del dinero recaudado por la explotación de la carrera oficial.
Desde Facua, han tenido claro desde el primer momento que el Consejo está obligado legalmente a devolver estas cantidades a los abonados, y dice que lo debe hacer de manera automática, sin necesidad de que los usuarios lo soliciten. "Numerosos usuarios que habían adquirido ya su abono para las sillas o palcos para ver los pasos han contactado con Facua Sevilla para poner de manifiesto que la entidad concesionaria de este servicio, el Consejo de Hermandades y Cofradías, no atiende a sus reclamaciones de devolución del dinero", señala la asociación de consumidores.
Facua entiende que la prestación del servicio de sillas y palcos para ver las procesiones de Semana Santa en la carrera oficial "debe entenderse dentro del concepto de espectáculo público establecido por la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía". En su artículo 1 lo define como: "Toda función o distracción que se ofrezca públicamente para la diversión o contemplación intelectual y que se dirija a atraer la atención de los espectadores".
Teniendo en cuenta esto, Facua Sevilla indica que el artículo 15 de la Ley 13/1999 establece como un derecho de los espectadores y asistentes el de "la devolución, en los términos que reglamentariamente se determinen, de las cantidades satisfechas por la localidad o billete y, en su caso, de la parte proporcional del abono cuando el espectáculo sea suspendido o sea modificado en sus aspectos esenciales, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que, conforme a la legislación civil o mercantil, pudieran plantear".
En este sentido, Facua Sevilla recuerda al Ayuntamiento su competencia sancionadora en caso de que el Consejo incumpla su obligación de devolver el importe de las sillas y palcos, de acuerdo al artículo 29.2 de dicha ley. Según esta norma, el límite de la sanción es de 30.050,61 euros.
¿Espectáculo o manifestación de fe?
La clave en este asunto está en determinar si la carrera oficial es un espectáculo público, como entiende Facua. En la reforma del Reglamento de Uso y Adjudicación de Sillas y Palcos del Consejo de Cofradías, que entró en vigor el pasado mes de octubre, el Consejo eliminó el artículo 4 que que dejaba claro que la carrera oficial no era un espectáculo público, sino el lugar donde tiene lugar una manifestación esencialmente religiosa: "Con independencia que pueda tener para el público general, el desfile de la cofradías no tendrá, en ningún caso, la consideración de espectáculo público, por cuanto que no se organizan con dicha finalidad, sino con el único y exclusivo propósito de realizar estación de penitencia a la Santa Iglesia Catedral, manifestación esencialmente religiosa. Por consiguiente, el interés a preservar prioritariamente habrá de ser el de las cofradías en el ejercicio de esta acto de culto externo". Esta modificación puede cobrar ahora una importancia capital.
También hay que tener en cuenta la novedad de que este año las sillas han estado sujetas por primera vez al pago del IVA.
El pago de la sillas sólo se puede hacer de dos maneras: incluyendo el IVA al ser una actividad económica, por lo que la reclamación de Facua estaría justificada; o como donativo, que es como se ha estado haciendo hasta el año pasado. En este caso, no sólo no se podría reclamar la devolución sino que sería hasta deducible en la declaración de la Renta, ya que el Consejo de Cofradías es una entidad acogida a la Ley de Mecenazgo.
¿Qué ha pasado con ese dinero?
El dinero recaudado por el Consejo ya ha sido adelantando en parte a la cofradías para preparar las estaciones de penitencia. Con esta cantidad, las hermandades pagan la flores, la cera, las bandas y otras cosas necesarias e imprescindibles para poder salir. Este dinero, por tanto, ya puede que ni se encuentre en poder de la cofradías, sino en la de sus proveedores.
El resto del dinero se suele entregan una vez pasa la Semana Santa. También hay que tener en cuenta que las hermandades realizan con ello las múltiples obras de caridad y asistenciales, que estos tiempos son todavía más necesarias.
El Consejo también ha tenido ya unos gastos, pues el montaje de los palcos de la carrera oficial ya había comenzado.
¿Cuándo y cómo se tomará la decisión?
Habrá que esperar a que pase la emergencia sanitaria y se suspenda el estado de alarma para que se solucione este asunto. Probablemente se hará en una asamblea o un pleno de hermanos mayores, puesto que no hay que olvidar que el Consejo de Cofradías es la suma de todas las hermandades que, además, son las beneficiadas por la explotación de la carrera oficial.
Este periódico ha podido pulsar la opinión de varios hermanos mayores y coinciden en que lo moralmente correcto es devolver ese dinero, pese al agujero que va a suponer en sus arcas.
Esta devolución, que también podría ser la suspensión del pago el próximo año, debería conllevar la petición de un crédito para que el perjuicio económico a las hermandades se pueda diferir en varios ejercicios.
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