Patrimonio pone condiciones al proyecto para el solar de San Laureano
Pide que el documento recoja "determinaciones" sobre altura y retranqueos por su afección a la Capilla de los Humeros y al edificio del antiguo convento
Los Humeros recaban más de 5.000 firmas contra el edificio proyectado junto a su capilla
Un paso más para la rehabilitación de la antigua iglesia de San Laureano de Sevilla
La Comisión Provincial de Patrimonio de la Junta de Andalucía ha informado "favorablemente" sobre la aprobación inicial de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Sevilla relativa al cambio de calificación urbanística de la finca situada en el número 4 de San Laureano. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declaró el derecho de la empresa Sevilla Centro S.L. a que esta finca del Casco Histórico recuperase la calificación residencial de la que gozaba antes de ser aprobado el planeamiento urbano de 1987, el instrumento que "legitimó" su expropiación pues el solar había quedado "afectado" por el viario de conexión de las calle Marqués de Parada y Torneo.
Sobre este asunto, no obstante, la Comisión hace "observaciones". En primer lugar, esgrime que el documento "deberá establecer las determinaciones edificatorias en cuanto a retranqueos para el cuerpo de la tercera planta asignada a la parcela, tanto en el lindero de la capilla de Los Humeros como en la esquina que da frente a las calles Liñán y San Laureano por la incidencia en la edificación del convento, ya que la altura de dicha tercera planta excede, según se aprecia en los gráficos del documento, la línea de la cornisa de ambas edificaciones y considerando que la altura asignada a la parcela es de tres plantas sin ático".
Además, y dado que el "paramento sur de la capilla tiene apariencia de fachada, se deberá estudiar este aspecto en dicho documento". Estas "determinaciones" deberán recogerse en el documento de aprobación provisional que "se deberá enviar para un nuevo informe por parte de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico", se especifica en las actas publicada por el organismo autonómico consultadas por Europa Press. En lo referente al patrimonio arqueológico, la Comisión propone una "excavación en extensión" y "al menos, un sondeo estratigráfico que agote el registro arqueológico". Tras la excavación de grado I, "será preceptivo un control y reconocimiento arqueológico".
La Gerencia de Urbanismo aprobó en mayo de 2021 "ordenar el debido cumplimiento" de la sentencia de 2019, que abordaba un litigio promovido por la sociedad Sevilla Centro S.L., contra un acuerdo adoptado en noviembre de 2017 por la junta local de gobierno, para revertir la expropiación acometida "en su día" respecto a un espacio de su propiedad enclavado en el número cuatro de la calle San Laureano, merced a las estipulaciones del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1987.
Al respecto, la sentencia inicial del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número ocho, recogida por Europa Press, precisaba que la propia empresa había solicitado dicha reversión de la expropiación acometida años atrás debido a la "extinción de la causa" expropiatoria, pero aunque "la Administración ha reconocido ese derecho de recuperar la posesión de la finca", lo ha hecho "con la limitación de que el uso y la gestión del solar sea público", pues la reversión fue acordada manteniendo la calificación de suelo de interés público y social (SIPS) asignado a estos suelos.
Frente a ello, el recurso de la empresa contra dicho acuerdo estaba destinado a que frente a dicho "uso incompatible con la titularidad privada", se reconociese "el cambio de uso derivado del acuerdo de reversión de la finca en favor de Sevilla Centro, de forma que la finca recupere el aprovechamiento lucrativo del que disponía con anterioridad a la modificación del PGOU de 1987, que legitimó la expropiación primitiva, a privativo residencial" con la calificación de centro histórico. El juez estimaba finalmente el recurso de la empresa, declarando "el derecho" que le asiste "a que se produzca el cambio de uso con respecto a la parcela revertida".
Por su parte, la hermandad del Rosario y del Cristo de la Paz (Los Humeros) está recabando firmas de apoyo en el conflicto que mantiene abierto en torno al uso del solar colindante a su capilla, donde se ha proyectado un edificio de tres plantas adosado a la iglesia, con una o más plantas de sótano, y del que viene expresando desde hace décadas su rechazo por el "posible derrumbe de la capilla".
En este sentido, desde la hermandad esperan a que el nuevo equipo de gobierno en el Ayuntamiento de Sevilla eche a andar para solicitar una reunión con el alcalde, y el nuevo gerente de Urbanismo, Fernando Vázquez, así como un encuentro con la nueva delegada territorial de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, Carmen Ortiz. La corporación de gloria aprovechará ese encuentro para dar cuenta de las alegaciones que han realizado al respecto, entre ellas, "que dentro de la modificación puntual 51 que se está tramitando, se contenga también en la misma, una delimitación de reserva del terreno para el Patrimonio Público de Suelo, en los términos previstos en el artículo 130 de la Ley de Impulso a la Sostenibilidad del Territorio (Lista) --aprobada en el Parlamento andaluz-- y el artículo 273 de su Reglamento.
Se trata de una alegación "alentada" por el PP, "que siempre nos ha mostrado su apoyo; también Vox nos lo ha hecho saber en una visita realizada en la misma fecha a la capilla", asegura el mayordomo de la hermandad de Los Humeros, Antonio Martínez, en declaraciones a Europa Press. "Con ello no se produce ningún fraude a la ejecución de la sentencia del TSJA pues se garantiza en la futura expropiación los aprovechamientos y usos previstos en el PGOU anterior, tal y como dispone la sentencia dictada, y se queda fijada en la delimitación la intención y destino definitivo de la citada parcela", refleja el documento de adhesión elaborado al efecto. Entre las miles de adhesiones recibidas, destaca la del Consejo de Hermandades y Cofradías de Sevilla.
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