De las multas a las mascotas permitidas: la polémica Ley de Bienestar Animal en diez claves (para que la entienda hasta el gato)
La Ley de Bienestar Animal prevé multas por abandonar una mascota de hasta 50.000 euros.
El Congreso aprueba la ley de bienestar animal sin incluir a los perros de caza.
Una ley animal para desunirlos a todos
La Ley de Bienestar Animal, aprobada en el Congreso de los Diputados Congreso de los Diputados, excluye de su aplicación a los perros de caza y otros animales de trabajo, como defendía el PSOE. Tras superar semanas de polémica, la normativa, así como la reforma del Código Penal, continúa su tramitación.
El objetivo de la ley es "implementar mecanismos legales con el fin de fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandono de animales en nuestro país, estableciendo un marco común en todo el territorio español, implicando a los poderes públicos y a la ciudadanía en el respeto a todos los animales", expone el texto aprobado.
Uno de cada tres hogares en España convive con al menos un animal de compañía. En la actualidad hay más de trece millones de animales de compañía registrados e identificados. Pese a ello, se estima que aproximadamente el 50% de los animales de compañía existentes se encuentra fuera del control oficial, al no estar identificados legalmente, con el riesgo que ello supone, tanto para su adecuada protección como para la propia seguridad y salud pública y la conservación de la biodiversidad.
Diez claves de la Ley de Bienestar Animal recién aprobada:
Sacrificio cero
El artículo 27 de La Ley de Bienestar Animal establece la prohibición de sacrificar animales de compañía, salvo por motivos de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública debidamente justificado por la autoridad competente.
Se prohíbe expresamente el sacrificio en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, abandono del responsable legal, vejez, enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento, ya sea paliativo o curativo, por problemas de comportamiento que puedan ser reconducidos, así como por cualquier otra causa asimilable a las anteriormente citadas.
La muerte asistida solamente estará justificada bajo criterio y control veterinario con el único fin
de evitar el sufrimiento por causas no recuperables que comprometa seriamente la calidad de vida del animal. El procedimiento de muerte asistida se realizará por personal veterinario colegiado o perteneciente a alguna Administración Pública con métodos que garanticen la condición humanitaria, admitidos por las disposiciones legales aplicables.
Toros y perros de caza, excluidos
Del ámbito de la Ley de Bienestar Animal quedan excluidos:
- Los animales utilizados en los espectáculos taurinos
- Los animales de producción
- Los animales criados, mantenidos y utilizados animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia
- Los animales silvestres salvo que se encuentren en cautividad
Los perros de caza quedan también excluidos, como exigía el PSOE, si bien la redacción del Proyecto de Ley no estaban, en principio, excluidos.
Sanción por abandonarle: hasta 50.000 euros
Abandonar a un animal protegido por la nueva Ley de Bienestar Animal se considera una infracción grave, de modo que la sanción gira de los 10.001 a los 50.000 euros.
Asimismo se considerará infracción grave: "Mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos" y "el uso no autorizado de métodos agresivos o violentos en la educación del animal, entre otros comportamientos hacia los animales que implican maltrato".
Perros: Curso de formación
Para tener un perro será necesario acreditar la realización un curso, que será gratuito. El proyecto de ley prevé, en el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.
Control de cría
La cría sólo podrá ser llevada a cabo por personas inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía, con mecanismos de supervisión veterinaria, para conseguir que se realice de forma responsable y moderada.
Se regula la venta o adopción, estableciendo únicamente la posibilidad de ser realizadas por parte de profesionales de la cría, tiendas especializadas y autorizadas o centros de protección animal. Asimismo, se contempla la cesión gratuita siempre que quede reflejada en un contrato entre las partes.
Supervisión de las colonias felinas
La Ley prevé medidas para el control poblacional de todos los gatos comunitarios, con el fin de reducir progresivamente su población manteniendo su protección como animales de compañía. Los planes de control de las colonias felinas incluyen una serie de medidas:
- Mapeo y censo de los gatos del municipio, para una planificación y control en las esterilizaciones acorde al volumen de población que se desea controlar para que resulte eficiente e impida el aumento del número de gatos
- Programas de esterilización de los gatos mediante la intervención de veterinario habilitado para esta práctica, incluido el marcaje auricular
- Programa sanitario de la colonia, suscrito y supervisado por un profesional veterinario colegiado, incluyendo al menos la desparasitación, vacunación e identificación obligatoria mediante microchip con responsabilidad municipal
- Protocolos de gestión de conflictos vecinales
Lista de mascotas permitidas
Una vez que termine la tramitación de la ley se conocerá la lista de especies permitidas como animales de compañía. No obstante, si una mascota queda fuera, el propietario no se tendrá que desprender de ella, si bien no podrá adquirir más de esa especie. Se trata de una medida orientada a evitar, entre otras consecuencias, la llegada de especies invasoras.
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