Absuelven a un hombre acusado por su exmujer de violar a la hija de ambos
Tribunales
El tribunal consideró que el testimonio de la niña, influida por su madre, no era creíble.
El acusado se enfrentaba a una pena de doce años de cárcel.
La estafa redonda
Sevilla/Un hombre que fue denunciado por su exmujer por supuestamente violar a la hija de siete años que tienen en común, hechos por los que se enfrentaba a doce años de cárcel, ha sido absuelto al considerar el tribunal que la niña actuó influenciada por su madre y que su testimonio no era creíble.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla absuelve a D.J.C.S. de un delito continuado de abusos sexuales con penetración, por el que la exmujer, la Fiscalía y la Junta de Andalucía habían solicitado una condena de doce años de prisión.
El encausado y su esposa se separaron en el verano de 2015 y acordaron que cada uno conviviría una semana con la niña "mientras se tramitaba el divorcio", según expone la sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La menor pasó la primera semana de agosto con su progenitor en la casa de la abuela paterna, aunque estaban "solos" porque la mujer estaba de viaje.
La Sala considera probado que en la noche del 6 de agosto, fecha de los supuestos abusos, la hija y el padre sólo estuvieron "viendo la televisión" en el sofá del salón.
El acusado negó los hechos y la "única" prueba de cargo era la declaración de la menor, quien aseguró que todo ocurrió mientras veían "un documental del espacio".
La Sala replica que el testimonio de la denunciante no es creíble por subjetivo, ya que sus manifestaciones "denotan" que la niña siente "odio o resentimiento" contra su padre.
Así, dijo que su padre había sido "el malo" desde que ella había nacido o expresó su "suposición" de que "lo del culo" le había pasado "más veces".
La Audiencia alega que la menor utilizó "expresiones propias de un adulto" y, "sin ser preguntada", contextualizó el día de los hechos "antes que los hechos mismos", por lo que "parece una versión elaborada y aprendida más que un relato espontáneo".
En este sentido, el tribunal recalca "la influencia de la madre" en la niña y cita un informe de 2016 en el que las psicólogas apreciaron que la menor y su progenitora tenían "motivaciones para realizar una alegación falsa de abuso sexual".
La Sección Primera agrega que el relato de la niña "no es coherente" y "falta a la verdad en algunos hechos", a lo que une que dio todo tipo de detalles sobre el abuso con "naturalidad y desembarazo", cuando lo habitual en estos casos es que los abusados sean "reacios" a contar lo ocurrido "por vergüenza, pudor o miedo".
"Sorprende la ausencia de impacto emocional" en la menor, recalca la sentencia, que también advierte "contradicciones" en la versión de la progenitora y menciona que una trabajadora del punto de encuentro reveló que la niña, "antes de aceptar regalos del padre, miraba a la madre, que le hacía gestos de que no".
El acogedor legal de la menor indicó en el juicio que no está en tratamiento psicológico y que "va bien en el colegio y se relaciona con sus amigos".
También recordó que "al principio negaba la figura del padre" pero que "ya no es así", en su opinión por "la falta de contacto con la madre".
El tribunal acaba destacando que una tía de la niña reveló que la madre le pidió que fuese testigo de los abusos y que le "cerró la puerta" cuando le respondió que "no iba a mentir".
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