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Los acreedores de Abengoa ejercieron un control total del gobierno corporativo

Gonzalo Urquijo, presidente ejecutivo de Abengoa, dialoga con Josep Borrell. / J. J. Guillén / Efe

Sevilla/La estructura societaria, en Holanda y Luxemburgo, y las garantías y cláusulas financieras en favor de los acreedores de Abengoa a partir del rescate ejecutado en 2017 dieron a sociedades ajenas al grupo un control total sobre el gobierno corporativo del grupo, según nuevos documentos de esa etapa a los que ha accedido este periódico.

Los acreedores, a través de la sociedad ABG Orphan Holdco, cien por cien propiedad de la fundación holandesaStichting Seville, no sólo cobraron intereses muy altos, hasta del 18% y fuertes comisiones financieras, e impidieron que los beneficios de las filiales se elevaran a la matriz, sino que gobernaban de facto la multinacional desde fuera, cercenando las atribuciones del consejo de administración y de la junta general de accionistas.

El control absoluto sobre el gobierno corporativo queda acreditado por un documento, fechado en junio de 2017 en el que ABG Orphan Holdco, que es una sociedad ajena al grupo y propiedad de una fundación holandesa que impide saber quiénes son sus dueños, otorga dispensas (waivers) para que Abengoa S.A., la matriz de la multinacional andaluza fundada en 1941, pueda ofrecer una garantía personal que permita firmar una operación de préstamos con sus propias filiales Abener Energía, S.A. y Abeinsa Engineering, S.L.

Esa garantía se emitía para asegurar las obligaciones que suponían este préstamo, así como el contrato llave en mano (EPC) en relación con el proyecto Mar Muerto. (Abengoa construyó una central de ciclo combinado de 300 MW en Israel para suministrar tanto electricidad a la red como vapor, a través de la cogeneración, a un complejo industrial de la zona).

Una operación que entra dentro de la actividad operativa normal del grupo, por tanto, queda a expensas de que cada uno de los acreedores dé su autorización. Esto es, en vez de que esas decisiones queden en el ámbito del consejo de administración, éste queda supeditado a la voluntad de los acreedores.

Fuentes financieras señalaron a este periódico que, documentos como éste prueban el vínculo entre los acreedores y los administradores, que tienen cercenadas sus atribuciones.

“Las brutales garantías establecidas en la reestructuración de 2017, muestran que para las actividades mercantiles ordinarias de Abengoa, se requería de la autorización de los acreedores”, señalan las citadas fuentes, que aclaran que no se trata de que “los acreedores estudien el riesgo para conceder o no cualquier préstamo”, sino que se les da la potestad de autorizar o no “un préstamo viable”.

Tanto esas fuentes financieras como otras del ámbito jurídico consultadas por este diario señalan respecto a esos consentimiento son “una fiscalización de las funciones otorgadas por la junta de accionistas a los administradores”. “El control total del grupo se ejerce desde fuera de Abengoa y no desde el consejo de administración –que entonces presidía Gonzalo Urquijo– o la junta de accionistas de Abengoa”, añaden.

La capacidad de obrar del consejo de administración está fijada en los estatutos de Abengoa y le faculta para pedir un préstamo. Esto es, con ese control sobre el gobierno corporativo, los estatutos de Abengoa quedaron subordinados a la autorización previa de los acreedores para poder llevarlos a término.

Esa fiscalización de las funciones del consejo de administración supone, según afirman, “como mínimo merman su capacidad de maniobra para defender a los accionistas en las reestructuraciones acordadas, lo que falta al obligado principio de independencia al que se debe todo consejo de administración, y al principio del interés social”.

Estos argumentos son, además, relevantes, porque en base a ellos, los dos consejeros actuales de Abengoa han justificado que no se llevaran a efecto los mandatos de la junta de accionistas del 17 de noviembre.

Fuentes de la sindicatura de accionistas Abengoashares, señalaron a este diario, que “resulta contradictorio” que se acuda “al interés social” cuando no se hacía mientras el gobierno corporativo se ejercía desde empresas y fundaciones en Luxemburgo y Holanda ajenas al grupo, ya que su función solo era prestar el dinero nuevo de la reestructuración de 2017, que permitió levantar el preconcurso declarado en 2015, tras haber impedido uno de los acreedores la ampliación de capital –el Banco de Santander, según los hechos probados por la Audiencia Nacional– y haber fallado la entrada como socio industrial al grupo de Gonvarri.

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