Sueños esféricos
Juan Antonio Solís
Nadie en el mundo más afortunado que Víctor Orta
Instrucciones dentro y fuera de España
Granada/La llegada y el ritmo de vacunación nos anima a ser optimistas para el verano ya que muchos españoles desean viajar para poder disfrutar de sus vacaciones. Eso sí, a pesar del fin del estado de alarma y la rebaja de algunas de las medidas implantadas por las circunstancias de la pandemia, el Covid sigue con nosotros y se mantienen restricciones o exigencias que afectan a habituales destinos turísticos tanto dentro como fuera de nuestras fronteras.
Más de un 40% de los españoles prevé viajar, ya sea dentro o fuera de España, en unos números que han aumentado para la época estival en este 2021 según este informe de la Federación Española de Familias Numerosas. Una previsión que puede verse aumentada con la llegada del pasaporte covid.
¿Qué obligaciones tendremos a la hora de viajar en automóvil u otros transportes? ¿Podré ir a Portugal de vacaciones en coche? Les contamos los requisitos que se deben cumplir.
Según recoge la Ley 2/2021, de 29 de marzo, y que modifica algunos aspectos del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio de medidas de prevención por la pandemia, el uso de la mascarilla en el coche es obligatorio siempre que cualquiera de los ocupantes no sean convivientes (a excepción de los menores de seis años).
Es decir que NO se exige llevar la mascarilla si:
- Viajas solo en el coche.
- Todos los ocupantes pertenecen a una misma burbuja de convivencia: parejas, familias, amigos que conviven en el mismo domicilio, compañeros de piso etc.
Así, en el momento en el que un ocupante, o varios, no sean convivientes, todos deberán llevar puesta la mascarilla durante el viaje en el interior del automóvil. Y esto incluye tanto trayectos largos como cortos.
No obstante, esta normativa recoge algunas excepciones:
- Personas que con padezcan enfermedades o dificultades respiratorias que puedan verse agravadas por el uso de la mascarilla.
- Por alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Por situación de discapacidad o dependencia, que les impida quitarse la mascarilla por sí mismos.
Por otro lado se está barajando eliminar la obligación de llevar mascarilla en espacios al aire libre este verano, pero siempre dependiendo del ritmo de vacunación. El Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, señaló que podría ser a finales de agosto, momento en el que se prevé que un 70 % de la población estará vacunada. Sea como fuere en espacios cerrados y públicos seguirá siendo obligatoria.
A diferencia del vehículo privado, y como ocurre de momento en cualquier espacio público, en el caso de los transportes colectivos siempre es obligatorio el uso de mascarilla.
En cualquiera de estos por tanto, hay que llevarla puesta, independientemente de con quien se haga el viaje.
No utilizar la mascarilla en cualquiera de los supuestos en los que es obligatoria supone una infracción leve, según lo previsto la Ley General de Salud Pública (Artículo 6, Ley 33/2011, de 4 de octubre).
La multa es de hasta 100 euros.
Hay que recordar que, en el caso de que viajemos en el coche sin mascarilla indebidamente y seamos sorprendidos por la Guardia Civil de Tráfico, los agentes podrán emitir la denuncia, pero la sanción no la aplica la DGT, ya que no es un asunto de Tráfico, sino de Sanidad.
En cualquier caso, si los ocupantes del automóvil conviven en un mismo domicilio, tendrán que acreditarlo para evitar la correspondiente sanción (DNI, pasaporte, padrón... etc.).
Una vez finalizado el estado de alarma, se han levantado los cierres perimetrales en todas las Comunidades Autónomas, por lo que se puede viajar desde o hasta cualquiera de ellas.
No obstante, hay gobiernos autonómicos que aplican perimetrajes a municipios, comarcas o zonas sanitarias de alta incidencia. En su caso, no se puede entrar o salir de éstos, a excepción de trayectos justificados (laborales, sanitarios, estudios, dependencia, regreso al domicilio habitual). Siempre se puede atravesar en tránsito un territorio cerrado.
Además, el toque de queda nocturno solo está impuesto en la Comunidad Valenciana (de 1:00 a 6:00), al menos hasta el 7 de junio, en las Islas Baleares (de 00:00 a 6:00), hasta el 12 de junio, y en los concellos gallegos en Nivel Extremo (de 23:00 a 6:00) que, asimismo, están cerrados perimetralmente.
Por otro lado, para viajar a las Islas Baleares desde cualquier Comunidad Autónoma se exige un test diagnóstico negativo (PCR, antígenos), estando exentos los viajeros nacionales vacunados o que provengan de comunidades con una incidencia menor a 60 casos por 100.000 habitantes.
Y en el caso de las Islas Canarias, se solicita la entrega de una prueba PCR, de antígenos o TMA para entrar a cualquiera de las islas.
Portugal dejó de restringir los trayectos por carretera con España el 1 de mayo y, dado que ya no hay comunidades perimetradas, se puede viajar a nuestro país vecino sin tener que acreditar causa justificada y por cualquiera de los puntos de entrada.
La única excepción son aquellos municipios, zonas o comarcas españolas en los que esté activo el cierre perimetral.
Además, si se viaja en coche desde España a Portugal, no se exige hacer entrega de una prueba diagnóstica negativa. Sí que es requisito en el caso de hacerlo en avión: la normativa vigente exige un test RT-PCR negativo y que debe realizarse, como mínimo, 72 horas antes del viaje.
También se obliga a una cuarentena de 14 días a aquellos viajeros que procedan de países de alto riesgo (con una incidencia acumulada de 500 casos o más por cada 100.000 habitantes), aunque esto no incluye ahora a España, siendo la última registrada de 128 casos.
Por otro lado, desde el 1 de julio de 2021, Portugal aplicará un nuevo descuento sobre el precio de los peajes, que será del 50% sobre las tarifas actuales y que se puede ampliar hasta el 75% a aquellos coches menos contaminantes (eléctricos y de cero emisiones).
No obstante, hay que tener en cuenta que, pese a que ya no está en estado de emergencia, el país luso aplica algunas restricciones: los aforos están limitados en diferentes tipos de establecimientos, los bares y restaurantes cierran a las 20:30 y los espectáculos culturales deben finalizar a las 22:30.
Viajar de vacaciones por Europa este verano será más sencillo con la llegada pasaporte Covid o Certificado COVID Digital de la Unión Europea (UE).
Entrará en vigor el 1 de julio, aunque se podrá solicitar previsiblemente a partir de junio, y permitirá a los ciudadanos europeos viajar sin restricciones por los países de la UE y el Espacio Schengen. Es decir que, por ejemplo, no se obligará a estos viajeros a realizar cuarentenas.
Se trata de un documento, que podrá ser físico o digital, donde aparecerá reflejado que se está vacunado, se tiene una prueba negativa reciente (PCR, antígenos) o se ha recuperado del virus.
Dicho certificado ya aprobado por la UE, aunque debe ser ratificado, dispondrá de un código QR con el que las autoridades del país de destino podrán acceder a la información del viajero (datos y requisitos antes señalados).
Será gratuito y se podrá solicitar en hospitales, centros de salud u otras autoridades sanitarias. Cualquiera de las vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) son válidas para este certificado (Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen).
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