A los toros con el bono cultural

Juventud y tauromaquia

La adquisición de localidades de espectáculos taurinos había quedado excluida inicialmente del radio de acción de esta iniciativa puesta en marcha por el Ministerio de Cultura

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Grupo de jóvenes en las gradas de la Maestranza junto al diestro Tomás Campuzano
Grupo de jóvenes en las gradas de la Maestranza junto al diestro Tomás Campuzano / Toromedia

Sevilla/Los jóvenes aficionados que cumplan 18 años en 2024 –nacidos en 2006- ya pueden gastar 200 euros de los 400 que contempla el llamado Bono Cultural en ir a los toros, incluyendo la plaza de la Maestranza que en 2023 ya se unió a dicha iniciativa después de la polémica y arbitraria negativa inicial del ministerio de Cultural a incluir los toros en su abanico de posibilidades.  

Así lo ha anunciado el Ministerio de Cultura, que impulsa este programa, que arranca esta semana su tercera edición. Para solicitarlo, los jóvenes que hayan cumplido o vayan a cumplir 18 años en 2024 han de registrarse y realizar el procedimiento de solicitud en la web www.bonoculturajoven.gob.es  hasta el próximo 16 de septiembre.  

A esta ayuda tienen derecho los jóvenes que cumplan 18 años en 2024 que sean de nacionalidad española, posean residencia legal en España, sean solicitantes de asilo, desplazados temporales o extranjeros ex tutelados. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, se trata de más de 525.000 potenciales beneficiarios en todo el país. El bono cultural cuenta con una dotación de 210 millones de euros en los Presupuestos Generales del Estado prorrogados. En 2022, primer año de vigencia de esta iniciativa, obtuvieron el Bono Cultural Joven un total de 277.607 personas en toda España y en 2023, ascendió a 319.237 beneficiarios. 

Sobre el Bono Cultural Joven 

A partir de la concesión de la ayuda, los jóvenes disponen de un año para utilizar los 400 euros en productos o servicios culturales en los establecimientos adheridos. El Bono Cultural Joven funciona con una tarjeta de prepago que el beneficiario puede tener de forma virtual en su móvil o recibir de forma física en su domicilio. Con esa tarjeta puede disfrutar de experiencias y productos culturales, que se dividen en tres tramos para favorecer la diversificación del gasto, con la siguiente distribución: 

100 euros para productos culturales en soporte físico: libros, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras, discos, CD, DVD o Blu-ray. 

100 euros para consumo digital o en línea. En este apartado también se enmarcan suscripciones y alquileres de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales (e-books), suscripción para descarga de archivos multimedia (podcasts), suscripciones a videojuegos en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas. 

200 euros para artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales en los que entran las corridas de toros y demás artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales- 

Una sentencia del Supremo… 

El pasado año hizo falta toda una sentencia del Tribunal Supremo para estimar el recurso de la Fundación Toro de Lidia contra el Real Decreto por el que se establecía la regulación del bono cultural y excluía a los toros de las actividades culturales a las que se podía acceder con esa ayuda del Gobierno

Dicha sentencia, explicó entonces la FTL, “reitera la naturaleza cultural de la tauromaquia, reconocida tanto por el legislador como por las resoluciones judiciales, así como la obligación impuesta a los poderes públicos de actuar positivamente en relación con el fomento de la tauromaquia, razón por la que la exclusión de los espectáculos taurinos del Bono Cultural hubiera requerido una mayor justificación”. 

La sentencia establecía “que no se puede justificar la exclusión como se pretendió por la supuesta equiparación con otras actividades también excluidas como los espectáculos deportivos, la moda o la gastronomía, por el especial reconocimiento legal que tiene la tauromaquia en sus dimensiones cultural, histórica y artística”. De la misma forma, dicha sentencia estimaba el recurso contencioso-administrativo “por no haberse justificado la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven, condenado también en costas a la Administración”, según explicó la Fundación del Toro de Lidia. 

 

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