Francisco Andrés Gallardo
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La Junta de Andalucía multará a los anunciantes y agencias de publicidad que contraten con emisoras ilegales y reforzará los mecanismos de inspección y sanción en contra de las televisiones sin licencia. Así se contempla en el proyecto de la Ley Audiovisual, que fue aprobado ayer por el Consejo de Gobierno y que ahora inicia su tramitación parlamentaria con el objetivo de que entre en vigor antes de que acabe la legislatura.
La nueva normativa tipifica nuevas infracciones y sanciones y actualiza las cuantías previstas en la ley básica para hacerlas más acordes con la realidad del sector audiovisual andaluz. Las multas para las infracciones consideradas como muy graves, entre ellas la emisión sin licencia, oscilarán entre 80.001 euros y un millón para los servicios de comunicación televisiva, y entre 20.001 y 200.000 euros para los radiofónicos.
Otro de los objetivos del proyecto de ley es lograr un mayor control para luchar contra la piratería. El texto legal dota a la administración autonómica de nuevos mecanismos para acceder a lugares que puedan estar vinculados a emisiones o servicios audiovisuales irregulares o ilegales. Entre otros aspectos, se crea la figura del "colaborador necesario", que se aplicará, por ejemplo, a los titulares de parceles donde se sitúen torres de emisión, que deben prestar su ayuda para permitir el acceso a los inspectores.Otra de las novedades es que se regula por primera vez las emisiones de universidades y centros educativos.
El vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios, disculpó la lentitud con la que el proyecto de ley ha sido validado por el Consejo de Gobierno, casi dos años después de la presentación del anteproyecto. Jiménez Barrios incidió en que se trata de una iniciativa "muy consensuada", que ha recibido más de 600 alegaciones por parte de medio centenar entidades. "El propio Consejo Consultivo califica de ejemplar su tramitación", subrayó el vicepresidente del Gobierno andaluz.
Respecto al anteproyecto presentado en septiembre de 2015, la norma mantiene la ampliación de las franjas horarias en las que no se puede emitir contenidos inadecuados para menores de trece años. Estos intervalos se situarán entre las siete y las nueve de la mañana y en días laborables, también entre las 17:00 y las 20:00 horas.
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