La Comisión Europea mantiene su acusación antimonopolio contra Microsoft por Teams

La CE abrió una investigación preliminar en julio de 2023 y los cambios introducidos por la tecnológica no han convencido al Ejecutivo comunitario.

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Bruselas/La Comisión Europea considera que Microsoft ha infringido las normas antimonopolio de la UE al vincular su sistema de comunicación Teams a sus aplicaciones para empresas Office 365 y Microsoft 365.

"La Comisión encuentra preliminarmente que Microsoft es dominante a nivel mundial en el mercado de aplicaciones de productividad de software de servicios (SaaS) para uso profesional", indicó en un comunicado el Ejecutivo comunitario.

La CE abrió una investigación preliminar contra Microsoft en julio de 2023 tras la denuncia de Slack por este asunto y los cambios introducidos por la firma con sede en la localidad estadounidense de Redmond no han convencido a Bruselas, que cree que "son necesarios más cambios en la conducta de Microsoft para restaurar la competencia".

"Nos preocupa que Microsoft pueda estar dando a su propio producto de comunicación, Teams, una ventaja indebida sobre los competidores, al vincularlo a sus populares suites de productividad para empresas", declaró la vicepresidenta ejecutiva de la Comisión encargada del área de Competencia, Magrete Vestager.

Al menos desde abril de 2019, Microsoft "ha estado vinculando Teams con sus aplicaciones principales de productividad SaaS, restringiendo así la competencia en el mercado de productos de comunicación y colaboración y defendiendo su posición en el mercado de software de productividad y su modelo centrado en suites contra proveedores competidores de software individual", agregó la Comisión.

No da opción a los clientes de elegir

En particular, Bruselas teme que Microsoft "haya otorgado a Teams una ventaja de distribución al no dar a los clientes la opción de adquirir o no acceso a Teams cuando se suscriben a sus aplicaciones de productividad SaaS" que podría haberse visto agravada "por limitaciones de interoperabilidad entre los competidores de Teams y las ofertas de Microsoft".

"La conducta puede haber impedido que los rivales de Teams compitieran, y a su vez innovaran, en detrimento de los clientes en el Área Económica Europea", agregó la Comisión.

De confirmarse, estas prácticas infringirían el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que prohíbe el abuso de una posición dominante en el mercado.

La Comisión Europea ha enviado a Microsoft sus argumentos a través de un pliego de cargos, que no prejuzgan la decisión final que tome el Ejecutivo comunitario en la investigación originada por las quejas de las firmas Slack Technologies y alfaview GmbH.

Las partes pueden ahora examinar los documentos, responder por escrito y solicitar una audiencia oral para presentar sus comentarios sobre el caso ante los representantes de la Comisión y las autoridades nacionales de competencia.

Las posibles sanciones

Si la Comisión concluye, después de que la empresa haya ejercido sus derechos de defensa, que hay pruebas suficientes de una infracción, puede adoptar una decisión que prohíba la conducta e imponga una multa de hasta el 10% del volumen de negocios mundial anual de la empresa.

El Ejecutivo comunitario agregó que la Comisión también puede imponer a la empresa cualquier medida que sea proporcional para poner fin efectivamente a la infracción, para cuya investigación no hay un plazo legal en el que deban concluirse las pesquisas.

Bruselas acusa formalmente a Apple de violar las nuevas reglas antimonopolio para plataformas en la UE / Europa Press

El anuncio sobre el caso de Microsoft se conoce un día después de que el Ejecutivo comunitario indicara que investigará en profundidad a Apple al concluir que el análisis preliminar de su tienda digital incumple la normativa comunitaria porque impide "a los desarrolladores de aplicaciones dirigir libremente a los consumidores hacia canales alternativos para ofertas y contenido".

En caso de infracción, la Comisión también puede imponer multas de hasta el 10% del volumen de negocios mundial total de la compañía, y hasta el 20% en caso de reincidencia.

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