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Denuncia a Meta ante la AEPD por el mecanismo 'consiente o paga' en Facebook e Instagram

Tecnología

Los firmantes de la demanda aseguran que la tecnológica incumple la normativa europea por exigir a los usuarios que paguen si no quieren ver publicidad y para evitar el procesamiento de sus datos para recibir anuncios personalizados

Meta implanta en Europa una opción de Facebook e Instagram de pago sin publicidad

Iconos de apps de Meta: Instagram, Facebook y WhatsApp / Europa Press

Jorge García Herrero, abogado y Delegado de Protección de Datos, ha presentado una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra Meta Platforms Ireland Ltd (anteriormente, Facebook) por la implementación del mecanismo pay or okay o consiente o pagapay or okayconsiente o paga en Facebook e Instagram.

Así lo ha indicado el letrado y ha confirmado a Europa Press la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ha recibido la denuncia elaborada por Jorge García Herrero, Sergi Ariño Mayans, Luis Gervás de la Pisa, Darío López Rincón, Carmen Villarroel Luque, Jeimy Poveda y Alberto Casaseca Malmierca.

García Herrero ha destacado que Meta fue sancionada en enero de 2023 con "cientos de millones de euros de multa y con la orden de regularizar los tratamientos de datos de sus usuarios" y ha añadido que la compañía "observaba a sus usuarios dentro y fuera de sus plataformas Facebook e Instagram para impactarles con publicidad personalizada, haciéndolo sin base legal adecuada".

A su juicio, las sucesivas resoluciones de las autoridades ponen de manifiesto que Meta Irlanda "ha incumplido sistemáticamente" el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), así como "las propias sanciones de la Autoridad irlandesa y el Consejo Europeo de Protección de Datos (EDPB) de diciembre 2022/enero 2023, proponiendo y ejecutando fórmulas de regularización fraudulentas e inaceptables".

En relación con el consiente o paga, anunciado para el 12 de enero de 2024, el letrado considera que "incumple todos los requisitos previstos" por el RGPD para el consentimiento e "infringirá además el artículo 9 de la Ley de Protección de Datos, una de las especialidades españolas en la materia, con especial afectación a los usuarios menores de edad de las plataformas Facebook e Instagram".

La publicidad personalizada o segmentada

La matriz de ambas redes sociales anunció el pasado octubre que, "para cumplir con las regulaciones europeas en desarrollo", añadiría una opción (eso sí, de pago) para aquellos usuarios que no quieren ver anuncios en sus plataformas y que tampoco desean, por tanto, que se utilicen sus datos o su comportamiento en los distintos servicios para recibir anuncios "que sean relevantes para ellos", según Meta.

Quienes quieran seguir utilizando ambas redes sociales sin pasar por caja, tendrán que seguir viendo publicidad y, además, otorgan de forma implícita a Meta su consentimiento para que recopile y analice sus datos y actividad para recibir anuncios seleccionados por la compañía a partir de esa información.

Nuevas condiciones de uso de Meta

Recordemos que la publicidad segmentada o personalizada es el corazón de la actividad de Meta (y principal fuente de ingresos) y que lleva meses litigando en la UE para soslayar las férreas normativas comunitarias que entre otras cosas ponen coto a este uso publicitario de los datos de sus usuarios.

La demanda ante la AEPD

La denuncia ahora anunciada se ha presentado en España y ante la AEPD teniendo en cuenta que, de acuerdo con la decisión vinculante urgente del EDPB publicada la semana pasada, Meta Irlanda "se sigue encontrando en situación de incumplimiento del RGPD, pero también de las sanciones de la DPC de enero pasado" y que "merecerá nuevas sanciones por ello".

Asimismo, los expertos consideran que Meta "seguirá estando en situación de incumplimiento hasta que no identifique los medios a través de los cuales pretende regularizar sus tratamientos, y éstos se califiquen como suficientes por las Autoridades de Control europeas".

Competencia para tramitar denuncias

"Dado lo excepcional de la situación y la gravedad del incumplimiento, las autoridades de control pueden evitar la ventanilla única o one stop shop (que asigna la competencia exclusiva para tramitar denuncias contra Meta a la autoridad de control irlandesa) y acudir, como ya hizo la Datatylsinet Noruega este verano, al procedimiento de urgencia y adoptar medidas provisionales de protección en el estado de su competencia", ha detallado.

García Herrero ha explicado que lo que se denuncia no es el mecanismo del pay or okay o consiente o paga en general, sino "su particular implementación planteada por Meta". Añade que se liberará el texto de la denuncia para que cualquiera de los usuarios de estas plataformas puedan presentarla con el mismo texto o con los cambios que consideren oportunos.

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