El uso del casco será obligatorio para los conductores de patinetes eléctricos
El Congreso avala esta enmienda dentro de la nueva Ley sobre Tráfico, que podría quedar aprobada el próximo mes de octubre
Las nuevas infracciones que te costarán puntos en el carnet de conducir
El conductor de un vehículo de movilidad personal (VMP), como son los patinetes eléctricos, estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.
Así lo han acordado este jueves los grupos parlamentarios en el trámite de ponencia sobre el proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015 en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.
Según han confirmado a Europa Press fuentes de la ponencia, la próxima reunión tendrá lugar el 22 de septiembre y en ella se abordarán la mayoría de las enmiendas a la Ley sobre Tráfico, que han quedado pendientes de trabajar. La norma podría quedar aprobada el próximo mes de octubre.
Queda pendiente de abordar en ponencia el tema de la supresión de la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
Para el profesor Luis Montoro, presidente de Honor de la Fundación Española para la Seguridad Vial (FESVIAL) y catedrático de Seguridad Vial, "hay argumentos para mantener la situación actual, pero son muchas más las razones de seguridad que aconsejan no rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en los adelantamientos, aparte de que con ello se contribuye a una mayor y completa armonización de esta norma en la Unión Europea, donde España es la única excepción".
Las principales modificaciones recogidas en el proyecto de ley son la unificación en un plazo de dos años del tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.
Asimismo, la norma sustituye la infracción grave consistente en 'utilizar' mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de 'llevar en el vehículo' esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción.
Por otro lado, el proyecto aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil; y eleva de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección. Además, incorpora como causa de la pérdida de esos puntos el hecho de no hacer uso de los mismos de forma adecuada.
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