Las multas de tráfico sólo se comunicarán una vez antes de ser ejecutadas
El Gobierno reforma la Ley para que la cuantía de las sanciones sea proporcional al peligro creado por el infractor.
El Gobierno ha aprobado un anteproyecto de ley por el que se regulará el sistema de notificaciones de multas para que sea "más ágil" que la actual. De este modo, según señaló la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el Ejecutivo pretende que se lleve a cabo una sola notificación en lugar de las tres actuales y, además, podrá hacerse a través de un e-mail. Entre las mejoras que con esta aprobación se pretende realizar sobre la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, también se fijará la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre la velocidad máxima permitida.
La notificación de las multas de tráfico se digitaliza y para ello el Ejecutivo pretende crear la Dirección Electrónica Vial (DEV), que se asignará obligatoriamente por la Dirección General de Tráfico a todas las personas jurídicas que sean titulares de un vehículo, así como a las personas físicas que voluntariamente lo soliciten. De este modo, a través de la DEV se podrán llevar a cabo notificaciones por vía telemática "con todas las garantías" a efectos legales.
Pero no es el único método, explicó De la Vega en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que indicó que también se creará el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, en formato digital, en donde se publicarán las notificaciones que no puedan hacerse en la Dirección Electrónica Vial (DEV) o en el domicilio físico, y que va a sustituir a la obligada publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, del Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia.
Asimismo, se contempla la posibilidad de un procedimiento sancionador abreviado que ofrece al infractor concluirlo en quince días, mediante el pago voluntario de la sanción con una reducción de un 40 por ciento de la multa (un 10 por ciento más que la reducción actual por el pago voluntario, que es del 30 por ciento). Además, se propone la reducción en ese porcentaje del tiempo de suspensión del permiso de conducción. En aquellos supuestos en los que el infractor ni pague ni haga alegaciones o proponga pruebas, el procedimiento sancionador se tendrá por concluido en un mes y la sanción será firme y ejecutiva.
Entre las mejoras que se incluyen en este Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, también se fijará la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre la velocidad máxima permitida. Según explicó la vicepresidenta del Gobierno, "la cuantía de las multas serán proporcionadas al peligro potencial creados por el conductor". "A mayor infracción, mayor sanción", insistió.
No obstante, De la Vega aclaró que esta reforma no "significa un incremento en la cuantía de las multas, significa que será el grado de infracción el que decida el grado de sanción". En este sentido, el anteproyecto fija las cuantías de las multas en cantidades exactas de 100 euros para las infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves, que podrán incrementarse por el órgano competente para sancionar hasta en un 30 por ciento por la existencia de circunstancias adicionales como "el peligro potencial creado".
De acuerdo con el texto del Anteproyecto, "se acaba así con la discrecionalidad", igualándose el castigo para una misma infracción al suprimirse el actual sistema sancionador por tramos (leves: hasta 90 euros; graves: de 91 a 300; y muy graves: de 301 a 600 euros). Además, se revisa el cuadro de las sanciones y se eliminan algunas, como la suspensión del permiso de conducción para las graves, manteniéndose sólo para las muy graves en dos meses -actualmente entre uno y tres meses-, y se incluyen otras como la suspensión del permiso de circulación si no se identifica al conductor del vehículo con el que se ha cometido una infracción.
Igualmente, se incluye para los extranjeros no residentes en España que cometan infracciones en el territorio español, la prohibición de utilizar el vehículo durante un mes, además de anotar la pérdida de puntos, "terminando así con la sensación de impunidad" de este colectivo en nuestro país.
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