¿Te pueden multar por conducir con gafas de sol?
Este accesorio es muy común entre los conductores en épocas veraniegas
En algunos casos su uso puede incurrir en una infracción leve
La DGT revela a qué velocidad saltan los radares
Con la llegada del verano y el buen tiempo, es inevitable que aumente el número de personas que usen un accesorio tan extendido como son las gafas de sol. Muchos de ellos las emplean de manera asidua durante su día a día con el fin de proteger su vista, especialmente en tareas cotidianas al aire libre, como por ejemplo, a la hora de conducir.
Sin embargo, durante los últimos días se ha armado bastante revuelo en redes sociales sobre una supuesta prohibición de la Dirección General de Tráfico (DGT) en relación a los tipos de gafas de sol que se pueden o no usar y la multa que puede acarrear llevarlas. La realidad es que en la Ley de Seguridad Vial no hay un artículo o norma que prohíba específicamente el uso de un tipo u otro de gafas de sol. Es más, no solo no está prohibido, sino que está recomendado directamente por Tráfico.
La DGT señala que se trata de un accesorio que ayuda a neutralizar los deslumbramientos y la temida «ceguera temporal», así como a minimizar la fatiga visual. Sobre todo al amanecer o atardecer, las horas más proclives a provocar deslumbramientos por la forma en la que inciden los rayos de sol sobre el parabrisas, la luna trasera o los espejos. Eso sí, no hacer un uso correcto de las gafas de sol puede ser susceptible de una multa.
Y es que, en este sentido, el Reglamento de Circulación, en su artículo Artículo 18.1, especifica que: "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".
¿En qué situaciones podrían multarnos por el uso de gafas de sol?
Por ello, el utilizar mal enalgunas situaciones unas gafas de sol podría ser susceptible de multa si nos vemos envueltos en un accidente y un agente interpreta que el uso de este elemento es causa directa de ello. Por ejemplo, en el caso de un túnel, en zonas oscuras o de noche, supuestos en los que la propia DGT desaconsejacategóricamente llevar puestas las gafas de sol, ya que reducen la visión en supuestos de baja luminosidad. E igualmente hace lo propio con las gafas de filtro 4, ya que las considera una protección excesiva y que puede afectar a la correcta visión al volante.
En estos casos se trata de una infracción leve y se aplica una sanción de 80 euros, o bien de 40 euros si nos atenemos al pronto pago (abonar la sanción en los 20 días siguientes a la notificación).
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