Tribuna Económica
Gumersindo Ruiz
La casita de Jesús
El pasado 21 de marzo entraba en vigor la nueva Ley de Tráfico, una normativa que, según la DGT, venía a adaptarse a los nuevos tiempos y a dar un paso para seguir avanzando en mejorar la seguridadvial en España. Además, este reglamento endurece algunas prácticas habituales como el uso del móvil o la limitación de la velocidad para adelantar en carreteras convencionales, y trata de reflejar los cambios que se están produciendo en la automoción, incorporando a la Ley los vehículos de movilidad personal y dotando de mayor seguridad a los usuarios de las bicicletas.
Sin embargo, la Dirección General de Tráfico tiene la potestad para multar por algunas circunstancias que la mayoría de los conductores desconocen. Acciones sin pensar que hacemos a diario al volante pero que están sancionadas económicamente, además de con la pérdida de puntos en el carnet de conducir. Pero no solo hay penalizaciones en la conducción que pasan desapercibidas, sino también a la hora de realizar el mantenimiento del vehículo.
Y es que, en este sentido, una rutina tan simple como lavar el coche nos puede salir muy caro. La DGT establece que queda totalmente prohibido lavar el coche en la vía pública en el artículo 4.2 del Reglamento General de Circulación, ya que explica que no se puede "arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquella o sus instalaciones".
En cuanto a la cuantía económica y las condiciones de dicha sanción, son los diferentes ayuntamientos de cada municipio quienes se encargan de regularlas mediante las correspondientes ordenanzas municipales. No obstante, la multa puede ir desde unos simbólicos 30 euros hasta incluso 3.000 euros. De hecho, bajo esta misma norma pueden ampararse otro tipo de sanciones a otras conductas similares, como por ejemplo reparar el coche en la vía pública.
En el caso de Sevilla, según sus ordenanzas, lavar el coche en la calle está considerado una infracción leve castigada con una multa de 120 euros. En cuanto a Madrid, el artículo 14 de la 'Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos' prohíbe específicamente "lavar o limpiar cualquier vehículo a motor en la vía pública, así como cambiar en la vía pública aceites u otros líquidos de los mismos o realizar cualquier reparación que pueda ensuciar la vía pública", considerando esta conducta como una sanción grave que conlleva una sanción que va desde los 751 hasta los 1.500 euros. En otras ciudades como Pamplona la multa va de 60 a 150 euros, mientras que en San Sebastián puede llegar a los 200euros.
Sin embargo, puede darse el caso que un determinado municipio no haya legislado al respecto, supuesto en el cual se recurrirá al citado artículo 4.2 del RGC, incurriendo en una infracción leve que supone una sanción de 100 euros.
También te puede interesar
Lo último
Tribuna Económica
Gumersindo Ruiz
La casita de Jesús
La ventana
Luis Carlos Peris
En la noche de todas las noches
El parqué
Caídas ligeras
No hay comentarios