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Los motivos por los que la DGT puede multarte teniendo el coche aparcado en la calle

La sanción económica puede llegar hasta los 800 euros

La normativa de la DGT también hace referencia a las reglas de estacionamiento por más de un minuto

La DGT puede multarte por esta acción (aunque estés parado en un semáforo)

Coches aparcados a un lado de la carretera / Soy Motor
David Hernández

19 de julio 2022 - 13:56

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha avisado en más de una ocasión a los conductores de la multa a la que pueden enfrentarse por saltarse algún código del reglamento de tráfico, incluso cuando se trata de poseer un coche aparcado en la calle sin ni siquiera arrancarlo. Una sanción que se incluye desde el año pasado en la normativa de Tráfico y que puede oscilar entre los 600 y los 3.000 euros, pero que se mantiene en 800 si tenemos nuestro vehículo estacionado en la vía pública.

Esta multa se aplica a los vehículos que están parados pero que mantienen el motor del coche encendido mientras están estacionados. Se trata de la obligatoriedad de tener el vehículo suscrito al Seguro Obligatorio de Automóviles así como mantener al día la ITV del coche, según advierte la DGT. De hecho, desde el organismo que dirige Pere Navarro señalan que existen en la actualidad más de 2 millones de turismos que no están dados de alta en el seguro. La sanción económica por incumplir este aspecto oscila desde los 601 euros hasta los 3.005 euros, dependiendo de cada una de las circunstancias.

En este sentido, Tráfico establece tres tipos de multas diferentes a coches por no tener el seguro: la primera es, si está estacionado, de 800 euros; la segunda, si el vehículo se encuentra circulando por la calzada, será de 1.500 euros; por último, y en el caso de que el turismo termine implicado en un accidente de circulación, la sanción ascenderá hasta los 3.005 euros. Lo mismo se aplica para el resto de vehículos de conducción: 1.000 euros a los ciclomotores, 1.250 euros a las motocicletas, 1.500 euros a los turismos y 2.800 euros para autobuses y camiones.

Otro de los cambios que aparece en la normativa es una modificación que se aplica a los conductores que se encuentran con el coche parado. Se trata de una sanción de 100 euros a los coches que se encuentren parados en la vía pública que "deberán apagar el motor desde el inicio del estacionamiento, aún cuando permanezca en el interior del vehículo", según recoge la nueva ley. La medida está dirigida a aquellos que dejen el coche en doble fila o estén parados más de un minuto.

Sin embargo, hay ciertas excepciones para este tipo de casos, entre las que se encuentran los vehículos detenidos en semáforos o en vías especialmente congestionadas como atascos. También están exentos de la norma los que tengan un vehículo de categoría 0 emisiones.

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