Once medidas de obligado cumplimiento y tres recomendaciones para frenar la expansión del virus
Pandemia por Covid-19
Estas medidas afectan al ocio nocturno, la hostelería, los centros sociosanitarios, los eventos multitudinarios, los cribados específicos y el consumo de alcohol y tabaco
El Ministerio de Sanidad, con el consenso de todas las comunidades, ha recurrido por primera vez a las actuaciones coordinadas para decretar este viernes once medidas de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional, junto con tres recomendaciones y un recordatorio.
Dichas medidas afectan a siete ámbitos: el ocio nocturno, la hostelería, los centros sociosanitarios, los eventos multitudinarios, los cribados específicos y el consumo de alcohol y tabaco, tal y como ha especificado el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Las medidas coordinadas son un mecanismo contemplado en el 'Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19', aprobado por el Gobierno y las comunidades a mediados de julio, con el que se da un paso más para frenar la expansión del virus cuando las adoptadas por las comunidades no son suficientes.
Si estas actuaciones, que ya decreta Sanidad y no las autonomías, tampoco lograsen frenar la transmisión del virus, el siguiente escenario que contempla el plan es el estado de alarma.
"Hemos decidido adoptar por primera vez en democracia actuaciones coordinadas en materia de salud pública en beneficio de todas las Comunidades Autónomas de España", una figura "ex novo" y cuyo cumplimiento "no es optativo", ha recordado el ministro antes de detallarlas.
Son las siguientes:
- Ocio nocturno: se adopta el cierre de las discotecas, salas de baile y bares de copas con actuaciones musicales en directo.
- Hostelería y restauración: se recuerda la necesidad de garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en servicios de barras, la distancia entre mesas y una limitación de 10 personas por mesa, con un horario de cierre a la 1 de la madrugada, con la imposibilidad de aceptar nuevos clientes a partir de las doce de la noche.
- Centros sociosanitarios o residencias de mayores: obligatorio realizar PCR a los nuevos ingresos con un decalaje máximo de 72 horas y a empleados que regresen de su permiso o periodo vacacional. Se limitan las visitas a una por persona y residente extremando las medidas de prevención y con un máximo de una hora al día. Se pide que se escalone la afluencia para evitar aglomeraciones, pero se podrán hacer excepciones en el caso de pacientes que se encuentran en el proceso final de su vida. Se limitan al máximo las salidas de los residentes en centros sociosanitarios.
- Eventos y actividades multitudinarias: obligatorio realizar una evaluación de riesgo por parte de las autoridades sanitarias para cada evento o actividad.
- Obligación de hacer cribados con PCR, en el caso de que haya un brote epidémico, a aquellas poblaciones de riesgo, como centro sociosanitario, barrios o bloques de viviendas, entre otras.
- Consumo de alcohol: el botellón está prohibido: se insta a las comunidades y ayuntamientos a aplicar de manera estricta las sanciones acordadas.
- Se prohíbe fumar en la vía pública o espacios al aire libre cuando no se pueda respetar el espacio de dos metros. Esta medida se extiende a cualquier dispositivo para fumar.
Las 3 recomendaciones:
- Limitar los eventos sociales a grupos de convivencia estable; es decir, todo lo que sea encuentros con otras personas fuera de ese grupo estable deben limitarse al máximo.
- Limitar los eventos sociales a un máximo de 10 personas.
- En residencias: hacer pruebas PCR de cribado de forma periódica para asegurar que no ha habido ningún trabajador que sea positivo.
El recordatorio a todas las comunidades:
- Disponer de todos los medios y capacidades acordadas en el Plan de Respuesta Temprana, como las capacidades de detección precoz, de vigilancia y seguimiento de casos y de sistema sanitario.
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