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El valiente rescate de un aspirante a policía sevillano: "Simplemente reaccioné"

¿Es delito quedarme con dinero que he encontrado en la calle?

Todo aquel objeto que se encuentre en la calle debe ser puesto en manos de la Policía o dejarlo en alguna oficina de objetos perdido o incluso en el Ayuntamiento de una ciudad

¿Qué es el lujo silencioso y qué marcas lo representan?

Una persona recoge un billete del suelo.

Cuando se va tranquilamente paseando por la calle y se aparece un billete delante parece que se ha tenido un golpe de suerte. La primera tentación es cogerlo y guardarlo, al final es solo dinero y no hay cartera ni dueño aparente a la vista. Aunque esta sea el primer pensamiento lo que hay que hacer es entregar todo lo que se haya encontrado a la comisaría de Policía más cercana que haya, en el Ayuntamiento de la ciudad o en alguna oficina de objetos perdidos.

Todo aquel que no actúe de esta manera estará incurriendo en un delito de apropiación indebida y será percibido con una multa además de quitarles el dinero que se encontraron en la calle previamente. Según señalada el Código Penal en el artículo 253, "serán castigados (..), los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido". Eso será así siempre y cuando el valor de los encontrado no exceda de los 400 euros.

Hay que tener en cuenta que la pérdida de dinero puede haber sido denunciada previamente y aunque éste no fuera el caso, el dueño legítimo de ese dinero tiene hasta dos años para reclamar aquello que le pertenece. La multa puede ser de entre uno y tres meses si no exceden los 400 pero si el objeto encontrado supera ese valor y la persona que se lo ha encontrado no lo devuelve podrá ser penado hasta con dos años de cárcel, dependiendo del valor del objeto en cuestión.

Si en cuestión de dos años el dueño legítimo del dinero o del objeto encontrado en la calle no aparece ese dinero va destinado a la persona que lo encontró. En caso de que finalmente aparezca el dueño legítimo del dinero o el objeto el propietario estará obligado a abonar "la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada".si el valor fuese superior a 12 euros, la recompensa será la vigésima parte.

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