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El decreto de vivienda del Gobierno no regula los precios del alquiler pero limita las subidas al IPC

El texto incluye medidas para incentivar a los propietarios para que arrienden sus viviendas, un índice de referencia de precios y especial atención a los grupos más vulnerables.

El decreto también dedica un apartado a la regulación de las viviendas turísticas.

Vivienda en alquiler en Punta Umbría. / A. Domínguez

01 de marzo 2019 - 17:27

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto ley de medidas urgentes sobre vivienda y alquiler que no recoge regular los precios de las rentas de los inmuebles, aunque sí limita las subidas al índice de precios de consumo (IPC) en todos los contratos, además de introducir un índice estatal de referencia del precio del alquiler.

Aunque el control de precios de alquiler era una medida muy reclamada por Podemos, fuentes del Ministerio de Fomento han explicado que su inclusión en el decreto habría sido inconstitucional, al vulnerar el derecho de propiedad.

El nuevo real decreto, aprobado en el último Consejo de Ministros previo a la disolución de las Cortes antes de las elecciones generales del 28 de abril, establece, asimismo, medidas fiscales para estimular la oferta, como habilitar el gravamen en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda vacía, bonificar en el IBI la vivienda protegida en alquiler o eliminar el Impuesto de Transmisiones en los alquileres de vivienda habitual.

La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, ha señalado que "vamos a permitir que puedan existir bonificaciones, fundamentalmente, en el IBI en las políticas tributarias locales para poder promocionar a quienes alquilan las viviendas" y disponer de suficiente oferta, "pensando en lo que consideramos un problema importante, el de la gente más joven".

Bonificaciones en el IBI

Así, el real decreto -que se publicará este sábado en el BOE- permite las bonificaciones de hasta un 95% en el IBI de la vivienda protegida en alquiler cuando los ayuntamientos acuerden, en una norma jurídica, una renta limitada y habilita.

Índice estatal de referencia de precios

Para impulsar la oferta de viviendas en alquiler a un precio asequible, el Ejecutivo se ha marcado como objetivo crear, en el plazo de ocho meses, el índice estatal de referencia del precio del alquiler de vivienda y ha establecido un derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto) por parte de las Administraciones Públicas en caso de venta conjunta de un inmueble con arrendamientos.

La prórroga obligatoria pasa de tres a cinco años

Para dotar de mayor seguridad y certidumbre al inquilino, se amplía la prórroga obligatoria de 3 a 5 años (o a 7 años, si el arrendador es persona jurídica), se amplía la prórroga tácita (si ninguna de las partes dice nada transcurridos los 5 o 7 primeros años) de 1 a 3 años, y a 2 meses para el inquilino y 4 meses para el arrendador el plazo de preaviso previsto para no renovar el contrato.

También se da validez a los contratos de alquiler aunque no estén inscritos en el Registro de la Propiedad y se favorece el acuerdo entre las partes para la realización de mejoras durante la vigencia del contrato permitiendo, en este caso y de forma pactada, el incremento de la renta durante el resto del contrato.

Grupos más vulnerables

Varias de las medidas que recoge el decreto están orientadas al apoyo de los grupos más vulnerables, especialmente aquellos que se enfrentan a situaciones de desahucio.

Así, se mejora la coordinación con los servicios sociales para proteger al desahuciado en los supuestos de vulnerabilidad, se obliga a señalar el día y la hora del desahucio, se limitan las garantías adicionales a dos meses o se limita al IPC la actualización de la renta durante la vigencia del contrato.

También se blinda la posibilidad de subrogación, en caso de fallecimiento del inquilino, en favor de colectivos vulnerables (menores, discapacitados, mayores de 65 años).

Viviendas turísticas

Respecto a la vivienda turística, se mejora su exclusión de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para que sea específicamente regulada por las Comunidades Autónomas (CCAA) y se permite que una mayoría de 3/5 de las comunidades de propietarios puedan limitar este tipo de viviendas o asignarles mayores gastos comunes.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el Gobierno ha reconocido que estas medidas son insuficientes para hacer frente a los problemas y que, de haber tenido presupuestos, se hubieran sacado adelante políticas de vivienda que trascienden las recogidas tanto en este decreto como en el anterior, que fue tumbado en el Congreso de los Diputados con el voto en contra de Podemos, PP, Ciudadanos y ERC.

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