Las claves de la reforma educativa aprobada en el Congreso

Refuerza la libertad de enseñanza y el derecho de elección de centro, fija el castellano como lengua vehicular de la enseñanza en toda España y establece evaluaciones al final de cada etapa educativa.

Efe

10 de octubre 2013 - 16:38

Madrid/El proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), que el Congreso ha aprobado este jueves, refuerza la libertad de enseñanza y el derecho de elección de centro, fija el castellano como lengua vehicular de la enseñanza en toda España y establece evaluaciones al final de cada etapa educativa. La reforma, que modifica parcialmente la Ley Orgánica de Educación y continuará el trámite parlamentario en el Senado, comenzará a aplicarse previsiblemente el curso próximo con las siguientes novedades:

ASIGNATURAS Y CURSOS:

-Las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en: troncales (reguladas esencialmente por el Gobierno con una carga lectiva mínima del 50% del horario total), las específicas y las de libre configuración autonómica (como Lengua cooficial, con tratamiento análogo al castellano), cuyos horarios y contenidos corresponderán a las comunidades. Los centros podrán complementar los tres bloques de materias y configurar su oferta formativa.

-Anticipo de elección de itinerarios en ESO. En tercero se puede optar entre Matemáticas de iniciación a enseñanzas académicas o aplicadas; en cuarto (15 años), elección entre enseñanzas orientadas al Bachillerato o a FP.

-En ESO, con carácter general, se podrá pasar de curso con dos suspensos como máximo, siempre que no sean simultáneamente Matemáticas y Lengua.

-El Bachillerato tendrá tres modalidades: Ciencias, Artes, y Humanidades y Ciencias Sociales.

EVALUACIONES:

-Pruebas nacionales censales comunes al final de sexto de Primaria, cuarto de ESO y segundo de Bachillerato diseñadas por la administración central previa consulta a las comunidades. Es necesario superar las dos últimas para obtener los títulos correspondientes. Desaparece la selectividad.

-Al terminar tercero de Primaria, evaluación individualizada para la detección precoz de dificultades en el aprendizaje a cargo de las administraciones educativas.

-La realización material de las pruebas corresponde a las administraciones educativas y serán aplicadas y calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, aunque no sea funcionario.

-Los resultados de los centros se publicarán en relación con los factores socioeconómicos y socioculturales del lugar donde estén ubicados.

-Las administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos que no alcancen los niveles adecuados.

FORMACIÓN PROFESIONAL:

-Nueva FP básica de dos cursos obligatorios para alumnos de entre 15 y 17 años con dificultades de aprendizaje que hayan terminado tercero o, excepcionalmente, segundo de ESO. Servirá para obtener el título de la Secundaria Obligatoria y pasar a FP de grado medio.

CASTELLANO:

-El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas comunidades de acuerdo con sus Estatutos y normativa aplicable.

-El Gobierno adelantará el pago de la escolarización privada de aquellos alumnos que no tengan garantizado el aprendizaje en castellano en los centros públicos o concertados de las comunidades con lengua cooficial, y se lo descontará a las comunidades de la financiación autonómica que les corresponda.

RELIGIÓN:

-La asignatura de Religión confesional, voluntaria, tendrá como alternativas obligatorias Valores Sociales y Cívicos (Primaria) y Valores Éticos (Secundaria), que también podrán escogerse como opcionales. Desaparece Educación para la Ciudadanía.

CENTROS:

-Los miembros del equipo directivo del centro y los profesores serán considerados autoridad pública.

-El nombramiento de los directores, por cuatro años, se hará previa evaluación positiva de su trabajo, bajo criterios públicos y objetivos en los que se incluirán las evaluaciones individualizadas de los alumnos.

-Los directores de los centros públicos deberán acreditar cinco años de docencia y un curso específico de formación. Podrán fijar requisitos y méritos para los puestos docentes. Las comisiones de selección estarán formadas por representantes de la administración (más del 50%) y del centro.

-El consejo escolar del centro tendrá funciones esencialmente consultivas.

ESCOLARIZACIÓN Y CONCIERTOS:

-La programación de las enseñanzas gratuitas tendrá en cuenta la oferta de centros públicos y privados concertados y "la demanda social".

-Las comunidades podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional.

-No constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos.

OTROS:

-El Ministerio promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales para la educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos.

-Los alumnos con título o estudios equivalentes al bachiller de países extracomunitarios podrán acceder a las universidades españolas siempre que superen los procedimientos de admisión específicos que hubiere.

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