Por qué el cambio de género no exime de cumplir una condena por violencia machista

Dos mujeres maltratadas han denunciado que su expareja ha cambiado de género y ha solicitado el indulto para evitar la cárcel.

Un condenado por maltrato a dos exparejas se inscribe como mujer en el Registro y pide indulto

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Bandera Trans / Luca Piergiovanni
Carmen P. Acal

14 de septiembre 2023 - 18:37

Un hombre condenado a prisión por haber maltratado en repetidas ocasiones a dos de sus exparejas en Sevilla ha decidido cambiarse de género de manera registral y ahora solicita el indulto por la doble condena al consejo de ministros.

La voz de alarma la han dado las dos mujeres víctimas del maltrato de este individuo, que entonces se llamaba Antonio Luis B.R. y que ahora, ya como mujer, recibe el nombre de Milan.

Tal y como Milan indica, ahora es una “persona nueva”, lo que la abogada de las mujeres a las que maltrató cataloga como un fraude de ley para tratar de “evadir la cárcel”, algo que en ningún caso debería pasar ya que los hechos ocurrieron cuando ella aún era un hombre.

Qué dice la ley Trans

La conocida Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, más conocida como Ley Trans, que fue recientemente aprobada en febrero de 2023, contempla, entre otras cosas, el derecho a la autodeterminación de género.

Esto significa que el género legal de una persona debe determinarse por la identidad que esa persona declare. Esto es, a efectos prácticos, que cualquier individuo pueda declararse hombre o mujer sin que un médico o un juez tenga que acreditarlo. Este hecho facilita el cambio de género de las personas que así lo deseen.

Para que no existan fraudes de ley como el que se plantea con el caso de Milan, la ley está blindada en su artículo 46, destinado a los efectos de dicha resolución.

Así, el artículo 46.3 recoge que “el cambio de nombre no alterará el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona…”.

Esto mismo lo ha aclarado Elizabeth Duval, activista por los derechos de las personas trans, en sus redes sociales, que ha asegurado que la Ley contempla estos casos para que no se hagan “jugadas” de este tipo con la intención de esquivar a la justicia.

Doble condena por maltrato

María José Atoche, la abogada de ambas víctimas, ha asegurado a los medios de comunicación que “van a intentar por todos los medios que su estrategia no sea fructífera y que esto termine con una denegación clara del indulto” ya que, como ha argumentado, “lo único que puede evitar que esta persona cumpla la condena firme que le viene impuesta es un indulto”.

Ha explicado que las víctimas, a nivel personal, lo ven como un claro derrotismo en cuanto a cómo se está dilatando su entrada en prisión. No obstante la jurista ha aclarado que lo que retrasa su ingreso en la cárcel no es el indulto sino el hecho de haber apelado. “Lo que retrasa su ingreso en prisión ahora mismo es el recurso de apelación en sede judicial” que, como ha explicado, es un derecho que cualquier reo condenado tiene hasta agotar la instancia judicial, pero no es la solicitud del indulto lo que está dilatando este tiempo, porque éste no retrasa en ningún caso dicho procedimiento.

Además también ha asegurado que para los delitos cometidos en tiempo pasado (cuando Milan era Antonio), los hechos son invariables. Por tanto, Milan tendría que cumplir su condena por los hechos que cometió siendo Antonio.

Atoche espera que “Fiscalía haga la investigación oportuna y se vislumbre si esto es un claro fraude de ley” porque como ella entiende, “lo que está haciendo es utilizar la ley para obtener un beneficio que no le pertenece”.

El problema para la violencia de género

Para que un delito forme parte de lo que se entiende como violencia de género siempre ha de ser cometido de un hombre hacia una mujer con la que mantenga o haya mantenido una relación sentimental. También, en estos casos, si la violencia la ejerce el hombre hacia los hijos de la mujer, se consideraría un delito machista (violencia vicaria).

Por este motivo, no se contempla como violencia de género cuando el agresor es una mujer. En este caso, Milan, que a partir de ahora es una mujer, si maltrata a otra no se consideraría violencia de género y no se cuantificaría dentro de las estadísticas ni funcionarían los protocolos de actuación para la víctima. Seguiría siendo un delito pero se catalogaría como violencia doméstica, ya que es una mujer quien lo comete.

Dónde va a cumplir condena

En caso de que Milan no consiga el indulto puesto que cuando se cometieron los hechos era un hombre y hay una sentencia condenatoria firme por ello, esta persona debería entrar en prisión. Sin embargo, puesto que ahora es una mujer, debe hacerlo o bien en un módulo mixto o bien en una cárcel de mujeres ya que, de cara a la ley, Milan es una mujer. En cualquier caso esto es algo que debe resolver, en última instancia, instituciones penitenciarias.

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