Estas son todas las penas que tendrá que cumplir el asesino de Lardero
El condenado por el crimen de Lardero había salido de prisión poco antes de cometer el asesinato del pequeño Álex
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El Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado a cargo del caso del crimen de Lardero ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a Francisco Javier Almeida como autor de un delito de asesinato al pequeño Álex y a 15 años de prisión por un delito de agresión sexual. Estas penas ya fueron solicitadas en el juicio tanto por la Fiscalía como por las acusaciones particular y popular.
Los hechos por los que ha sido condenado tuvieron lugar el 28 de octubre de 2020. En esa fecha Almeida había salido hacía poco de la cárcel por matar a una joven de 30 años. Había alquilado un piso en la localidad riojana de Lardero y desde allí tuvo la espeluznante idea de persuadir a Álex, un niño de 9 años, para que subiera hasta su casa.
Ya en la vivienda lo agredió sexualmente y luego lo asfixió hasta provocarle la muerte. El condenado, con el cuerpo sin vida de Álex en brazos, fue sorprendido, por un vecino y por efectivos de la Policía en las escaleras del mismo inmueble donde cometió el crimen.
El pasado 30 de marzo, y tras siete días de juicio, el tribunal del jurado popular declaró culpable por unanimidad al acusado de ambos delitos, asesinato y agresión sexual.
Además, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia, también se le impone la prohibición de residir en La Rioja y la prohibición de comunicación o aproximación a los padres y hermano de Álex por tiempo de 10 años tras cumplir el tiempo en prisión.
Los progenitores del pequeño asesinado también tendrán que recibir una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 300.000 euros para cada uno de ellos y 60.000 para el hermano, a pesar de la insolvencia declarada por el condenado.
El Magistrado ha manifestado en su resolución judicial que "cualquier cifra en la que podríamos pensar, nunca podría compensar el daño causado".
Según recoge la sentencia, las pruebas que declaran probada la agresión sexual al menor es el hallazgo de semen en el menor, así como las pruebas de ADN aportadas por el Instituto de Toxicología.
El jurado declaró probada que la violencia empleada por el agresor "fue extrema" por las lesiones que se encontraron en el cuerpo del niño, con moratones alrededor de su boca, y por la rotura de las mallas que llevaba puestas el pequeño y que fueron halladas en el domicilio del condenado.
Además, destaca la sentencia que, dada la edad de Álex, 9 años, su peso, 28 kilos, frente a la fuerza y complexión física de su agresor "la posibilidad de defensa del menor era inexistente".
A lo que hay que añadir que la muerte del niño se producía después de sufrir una agresión sexual muy violenta en el domicilio de su agresor, completamente aislado, lo que le impidió hacer nada para evitarlo. El Jurado en este sentido consideró probado que Almeida, a pesar de negarlo, tuvo "intención directa de matar" con el fin de ocultar su agresión sexual.
El Magistrado también ha tenido en cuenta la agravante de reincidencia, ya que el condenado por este delito ya habñia cumplido condena por dos asesinatos anteriores y otra agresión sexual.
Tal y como recoge Caso Abierto, es la segunda vez que la Audiencia Provincial de La Rioja impone como pena la prisión permanente revisable.
La primera vez fue por el crimen de otra menor, la niña Carolina, de 5 años, que fue asesinada por su madre en la habitación de un hotel de Logroño. Esta sentencia se dictó hace un año, el 14 de marzo de 2022 y fue ratificada primero, por el TSJR y, el pasado 3 de febrero, confirmada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
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