Cómo identificar a policías o guardias civiles falsos

Tres hombres disfrazados de guardias civiles han robado las joyas que podrían estar destinadas a los invitados de la boda de Tamara Falcó valoradas en 2 millones de euros.

Tres falsos guardias civiles roban a punta de pistola las joyas de la boda de Tamara Falcó

Caroline, la niña de 14 años que salió con sus amigos y no volvió

Un policía nacional trabaja en un ordenador. / DGP
Carmen P. Acal

03 de julio 2023 - 11:23

Una banda de atracadores ha interceptado a los joyeros vallisoletanos que portaban un muestrario que podría corresponderse con las joyas destinadas a los invitados que van a asistir al enlace entre Tamara Falcó e Íñigo Onieva el próximo 8 de julio.

Los atracadores, que eran tres en total, iban disfrazados de agentes de la Guardia Civil y portaban un hacha y un arma de fuego. El robo se produjo en la carretera A-6 a la altura de Las Rozas, en Madrid, en torno a las 21:30 horas del pasado jueves, 29 de junio cuando estos tres hombres pararon a los dos joyeros de Valladolid, cuyo muestrario está valorado en 2 millones de euros, aproximadamente.

Aunque la información que ha trascendido es que dichas joyas estaban relacionadas con la boda de Tamara Falcó, desde la joyería a la que ambos joyeros pertenecen, la joyería Del Páramo Vintage de Valladolid, han emitido un comunicado desmintiendo esta información.

Los presuntos guardias civiles iban vestidos de paisanos pero llevaban un chaleco que simulaba el de los agentes. Tras el robo, las víctimas han presentado una denuncia en la Comandancia de la Guardia Civil por estos hechos y la Unidad Orgánica Policía Judicial ya ha abierto una investigación. Las pesquisas judiciales están ahora en manos del Juzgado de Instrucción en funciones de guardia de Majadahonda.

Ahora el cuerpo de la Guardia Civil se encuentra investigando los hechos y ya tiene localizado a un vehículo que podría haber sido el empleado por los atracadores para desplazarse. Se trata de un Renault Laguna que el equipo de Criminalística ya está analizando.

Cómo identificar a los agentes

Hay ocasiones en las que los agentes van vestidos de paisanos y esto puede hacernos pensar si la persona que nos para es realmente un agente de la autoridad. Para comprobarlo cualquier ciudadano puede y tiene el derecho a pedirle que se identifique.

El artículo 21 del Real Decreto 1484/1987 establece que los policías "llevarán obligatoriamente el carné profesional, que será exhibido cuando sean requeridos para identificarse por los ciudadanos, con motivo de sus actuaciones policiales".

El agente está obligado a identificarse si se lo solicitamos. Si se niega a hacerlo, lo que debemos hacer es solicitar la presencia de su superior jerárquico para comunicar el incidente. En estos casos es conveniente que haya testigos de que el policía se ha negado a identificarse.

Es importante también, en estos casos, ofrecerle a los agentes nuestro DNI si nos lo solicitan, ya que de lo contrario podríamos estar incurriendo en un delito de grave. Por eso, ante la duda, no debemos negarnos en ningún caso a mostrar nuestro documento de identidad.

Respecto a la entrada en domicilios

Todos los españoles y españolas tenemos derecho a la inviolabilidad del domicilio. Por tanto, entrar en una casa sin autorización es, por lo general, ilegal. El artículo dieciocho de la carta magna indica que no procederán las entradas o registros "sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito".

Esto quiere decir que a menos que lo autorice un juez, la Policía no puede acceder a ningún domicilio. Y en este caso el juez o jueza solo lo autorizará si se tienen indicios de que se esté cometiendo o se acabara de cometer un delito y sea necesario registrar la vivienda.

¿Se puede grabar a la Policía?

Como norma general, en España se puede grabar a la policía en el ejercicio de sus funciones. No obstante, la difusión de estas imágenes sí puede suponer una infracción grave de la Ley Orgánica para la protección de la seguridad ciudadana.

El artículo 36.23 califica así “el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.

Las imágenes, en caso de que la policía haya actuado de forma ilegal, nos pueden ser útiles para probar esta ilegalidad. Pero siempre que queramos difundir este tipo de imágenes deberemos tener en cuenta que no vayan en contra del artículo anteriormente citado.

No hay comentarios
Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último