¿Qué delito habría cometido Rosa Peral y cuál es la pena que tiene cederle sus bienes a su padre?
La condenada por el conocido crimen de la Guardia cedió sus bienes a su padre antes de que leyeran su sentencia para declararse insolvente.
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El juzgado de instrucción número 5 de Tarragona ha imputado a Rosa Peral y a su padre, Francisco Peral, por presuntamente haberle cedido, antes de ser condenada, su casa y su coche. De esta manera cuando en la sentencia condenatoria leyeron que Rosa debía indemnizar a la familia de la víctima con 885.000 euros, ésta se declaró insolvente.
Es por este motivo, tal y como ha adelantado La Vanguardia, por el que ambos están llamados a declarar en relación a estos hechos el próximo 24 de enero a las 11:00 horas en sede judicial. A pesar de que Nuria González, abogada de Rosa Peral, solicitara que la declaración de su clienta se hiciera desde la cárcel, la jueza se lo denegó.
Esta imputación se ha dado después de que la magistrada del caso aceptara la querella presentada por la familia de Pedro García, la víctima, al considerar que se cometió un delito para evadir el pago de la indemnización.
Delito de alzamiento de bienes
De demostrarse que los hechos fueron así, Rosa Peral habría cometido un delito de alzamiento de bienes. Tal y como recoge la querella y comparte La Vanguardia, “existe una coincidencia casi exacta de la fecha de la donación de la mitad indivisa del inmueble por parte de la querellada con la prevista para la resolución del recurso de casación y la inminente firmeza de la sentencia”. Además de la vivienda, Rosa Peral también transfirió a su padre un coche. En concreto, un Mitsubishi Colt Cabrio que luego Francisco Peral vendió a un vecino de Cubelles.
El delito de alzamiento de bienes está castigado con penas de hasta cuatro años de cárcel. El procedimiento se seguirá instruyendo y podría derivar en un juicio. En caso de una hipotética condena se añadiría a la condena de 25 años que Peral se encuentra cumpliendo.
El alzamiento de bienes es un delito de tipo socioeconómico que consiste en que el deudor, en este caso Rosa Peral, sustrae todo o parte de su patrimonio para que sus acreedores (la familia de la víctima) encuentren dificultades para cobrar. Desde la reforma del Código Penal de 2015 pasaron a denominarse delitos de frustración de la ejecución. De esta forma quien debe pagar anula su patrimonio para que quien deba recibirlo no pueda hacerlo y su derecho se vea frustrado.
Se trata de un delito regulado en los artículos 257 a 258 ter del Código Penal. Es aplicable tanto a cualquier tipo de obligación o deuda cuyo pago se intenta eludir y a los derechos económicos de los trabajadores. Tal y como recogen estos artículos la pena por cometer este tipo de delitos oscilará de uno a cuatro años de prisión y multa de doce a veinticuatro meses.
A diferencia de Peral, Albert López, condenado a 20 años por los mismos hechos, sí puso a disposición del juzgado el piso del que era propietario en Badalona y que será subastado en los próximos meses.
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