Alguien pudo ayudar a la decapitadora de Castro Urdiales a consumar el crimen
La sentencia para Carmen Merino recoge que ésta tendrá que cumplir una condena de 15 años por homicidio con agravante de parentesco.
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La sentencia por el crimen de Castro Urdiales se ha publicado el 9 de diciembre y en ella se recoge la condena que se le impone a la única acusada de la muerte de Jesús Mari, Carmen Merino, una condena de 15 años de prisión por considerar a la mujer participante de un delito de homicidio con la circunstancia agravantes de parentesco. Es la pena máxima prevista para estos delitos, que oscilan entre los 12 años y medio y los 15.
Además, en concepto de responsabilidad civil, se le impone el pago de una indemnización de 18.000 euros para el hermano de la víctima y de 20.000 euros para cada uno de sus dos hijos.
El magistrado considera probado que la mujer "participó de forma activa" en la muerte de su pareja con la intención de aprovecharse económicamente de los bienes y dinero de él, al haber sido nombrada por éste, en su testamento, heredera universal. No se le ha podido imputar un delito de asesinato porque no se puede probar que fuera Carmen quien le suministró a la víctima los calmantes que se encontraron cuando se le realizó la autopsia al cráneo.
En su resolución, el magistrado señala que el cúmulo de indicios, la cabeza de la víctima y el resultado de las pruebas periciales han llevado al jurado a considerar suficientemente acreditado que la acusada participó en la muerte de su pareja, se deshizo del cadáver y entregó el cráneo a su amiga "sabedora de que la denuncia de los familiares de su pareja iba a terminar en una investigación policial que probablemente llevara aparejado un registro en su domicilio".
Tambièn han determinado que es posible que se diera la participación de otra persona de la que no se conoce el nombre y que, por tanto, no se ha podido sentar en el banquillo de los acusados.
Por qué guardó el cráneo
Una de las mayores incógnitas que se han suscitado con este caso ha sido el motivo que llevó a la acusada a conservar el cráneo. Puesto que ésta se ha declarado inocente en todo momento y nunca ha reconocido ningún hecho, la hipótesis de los magistrados es que ésta, si quería cobrar la pensión de su marido, necesitaba demostrar que estaba muerto.
De lo contrario habría tenido que esperar 10 años. La idea que han barajado es que Carmen Merino pretendía que alguien encontrara el cráneo en alguna parte, pero no que ésta persona fuese su amiga y lo hiciera de una forma en la que la señalaba directamente a ella.
"La acusada no pudo o no quiso ofrecer, pudiendo hacerlo, una explicación razonable que pudiera servir para desvirtuar las pruebas incriminatorias válidas practicadas, por lo que dicha falta de explicación puede servir como elemento corroborador de las tesis acusatorias", explica la resolución.
Ahora la defensa pretende recurrir, en el plazo de diez días, la sentencia puesto que no están de acuerdo con ella a pesar de haber entendido que Carmen cometió un homicidio y no un asesinato.
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