La ventana
Luis Carlos Peris
Perdidos por la ruta de los belenes
En España ha existido una progresión en materia de recogida y depósito del ADN para los casos criminales. De esta manera hasta el año 2007 todos los delincuentes que fueran castigados con tres años de prisión ya podían estar dentro del banco de ADN, de manera que sus muestras estaban registradas y si volvían a delinquir se podía dar fácilmente con ellos.
En el año 2014 una sentencia del Tribunal Supremo declina esta opción y reclama que solo sean incluidos en el banco de ADN las muestras de aquellas personas que hayan cometido delitos graves: contra la vida o violación.
De esta forma, para obtener el ADN de una persona que no ha delinquido esta tiene que dar una muestra de forma voluntaria y, aún así, esa muestra no se podría almacenar.
Esto sucede, por ejemplo, cuando se ha cometido un crimen y en la escena hay restos de ADN de alguien que no está registrado. En estos casos los investigadores solicitan muestreos aleatorios donde personas voluntarias acuden a dar una muestra de su ADN por si pudiera coincidir con el encontrado (porque es un familiar) y, por tanto, se pudiera dar con el autor de los hechos.
También se puede solicitar una prueba de ADN en el caso de que se haya cometido un delito de tentativa de homicidio o asesinato y esta muestra solo la podrán conversar durante el tiempo de prescripción de la pena.
Todo esto lo que viene a decir es que en España solo las personas que delinquen con delitos mayores están dentro del banco de ADN. Su perfil genético está almacenado para poder cotejarlo cuando hayan crímenes que no se han resuelto, ya que en ocasiones estas personas son reincidentes. Además, los datos recogidos por el Banco de ADN de España pueden ser consultados internacionalmente por bancos de datos extranjeros desde el año 2009.
Pilar Barrero es vocal en el Banco de ADN de España y especialista en genética. En una entrevista al programa Vamos a Ver, de Telecinco, ha explicado que este banco está pensado, de forma estricta, para delitos. Por tanto, no puede almacenar el perfil genético de personas inocentes, incluso cuando ésta ha dado muestras de manera voluntaria, ya que está considerado inconstitucional.
Cuando alguien se ofrece voluntario para ceder una muestra de ADN esta solo queda recogida para el caso concreto para el que se ha pedido. Si, por ejemplo, ha tenido lugar un asesinato y se han encontrado restos de ADN en la escena del crimen, en un pueblo determinado, los investigadores pueden solicitar pruebas masivas de ADN a voluntarios para ese caso concreto.
Cuando el caso se resuelve esas muestras han de ser destruidas de inmediato. Se mantienen durante el tiempo que dura la investigación de ese caso y luego, de forma estricta, deben deshacerse de ellas por lo que nunca entran en la base de datos del banco.
La Comisión Nacional del Banco de ADN, además de estar constituida por genetistas, está compuesta por juristas para garantizar los derechos de las personas que comparten sus muestras.
Actualmente en España existen dos bancos de ADN: el relacionado con asuntos delictivos y el Banco de ADN para niños robados. Además se está creando otro banco de memoria histórica pero los datos de unos y otros en ningún caso estarán cruzados entre sí porque tienen fines diferentes.
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