Aplazado el juicio por desahucio contra las ex clarisas de Belorado al no haber podido ser notificado
Sobre el segundo monasterio en conflicto, el de Derio, también existía una demanda de desahucio en curso que ha sido admitida por el juzgado.
Las ex monjas clarisas de Belorado denunciaron una presencia demoniaca en el monasterio de Derio
Burgos/El Juzgado Número 1 de Briviesca ha aplazado la vista oral por desahucio contra las ex clarisas de Belorado que se debía celebrar el próximo 19 de diciembre al no poder notificar la cita a todas las implicadas.
El órgano judicial ha emitido una diligencia de ordenación en la que señala que había acordado suspender la vista al no poder "notificar el decreto de admisión y emplazamiento" a todas las demandadas, por lo que se señalará una nueva vista cuando se logre.
Al parecer, el decreto de admisión de la demanda que afectaba al Monasterio de Belorado citaba los nombres de las ex monjas que se encontraban en el inmueble e incluía a otras personas que pudieran estar en el interior, por lo que, a la hora de notificar esta demanda, era necesario al menos entregarla a cada una de las religiosas aludidas en el documento.
Así lo ha comunicado el Arzobispado de Burgos a través de una nota en la que ha recordado que el 6 de noviembre el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Briviesca dictó un decreto de admisión de la demanda de desahucio en precario contra las ex monjas y las demás personas que permanecieran en el monasterio sin título legal ni autorización".
Ese decreto marcaba una vista oral el 19 de diciembre de 2024 en la que se enjuiciaría el desahucio de las ex clarisas. Y que, en el caso de no se presentasen, señalaba la fecha del 23 de enero de 2025 para la práctica del lanzamiento. El Juzgado de Briviesca mantiene la fecha del lanzamiento, previsto para el próximo 23 de enero.
Monasterio de Derio
Sobre el segundo monasterio, el de Derio, también existía una demanda de desahucio en curso que ha admitido a trámite el Juzgado de Primera Instancia N.º 11 de Bilbao.
La orden era "contra cualquier persona" que permaneciera en el monasterio de Derio "sin título legal ni autorización". Además, se tenía por solicitada la ejecución del lanzamiento y se daba la posibilidad de que en "diez días" la parte demandada se pronunciara sobre la pertinencia de celebrar una vista.
Desde el Arzobispado se indica que no hay nadie viviendo en Derio que la institución eclesiástica conozca, "pero sí personas no autorizadas".
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