Notas al margen
David Fernández
El problema del PSOE-A no es el candidato, es el discurso
Sociedad
Cuando nos encontramos en un proceso de separación o divorcio y tenemos hijos menores, es esencial priorizar el bienestar de los niños. En este sentido, es importante informarse sobre los diferentes tipos de custodia disponibles en un divorcio y cuál de ellos es más adecuado para nuestros hijos.
En España, existen cuatro tipos de custodia en casos de divorcio con hijos, y la elección dependerá de las circunstancias particulares de cada familia, puesto que cada proceso es único y requiere una consideración individualizada para poder garantizar el mejor interés de los niños involucrados.
La custodia extraordinaria es una modalidad especial que se puede solicitar en casos excepcionales y únicamente basada en el interés del menor, sin considerar otros motivos. Aunque no es fácil obtenerla, es posible hacerlo. Se establece que también puede ser atribuida a parientes cercanos, como hermanos económicamente independientes o tíos. Además, puede ser otorgada a personas sin parentesco que lo soliciten o incluso a instituciones adecuadas. Esta modalidad de custodia se solicita solo cuando el menor se encuentra en situaciones de maltrato o abandono familiar. Es una medida extrema que busca proteger al menor y garantizar su bienestar en circunstancias extraordinarias.
La guardia y custodia distributiva, también conocida como partida, es la menos común entre las modalidades de custodia. Solo puede ser determinada por un juez y requiere de motivos muy justificados para su aplicación. Esto se debe a que implica una separación de los hermanos, lo cual no siempre es beneficioso para los niños. Es difícil que se den situaciones que justifiquen esta modalidad y que lleven a un juez a solicitarla. Un ejemplo podría ser el caso de un menor de 12 años que no desee vivir con el progenitor al que se le ha otorgado la custodia. Otra posibilidad podría ser si uno de los hermanos desea estudiar en el extranjero y uno de los progenitores puede proporcionarle esta oportunidad.
En España, la custodia exclusiva solía ser la más común en el pasado, pero en la actualidad la custodia compartida está ganando terreno, ya que se considera más beneficiosa para los hijos. La custodia exclusiva implica que solo uno de los padres se encarga del cuidado de los menores, ya sea la madre o el padre. En estos casos, el progenitor custodio tiene derecho al uso de la vivienda familiar y es responsable de gestionar la pensión de alimentos que corresponda a los niños. El otro progenitor, el no custodio, deberá pagar la pensión de alimentos.
En este tipo de custodia, ambos progenitores comparten la guarda y custodia de los hijos, lo que implica que tienen los mismos derechos y responsabilidades. Esto no solo abarca los gastos, sino también los periodos de convivencia, que suelen alternarse en semanas, meses, trimestres o incluso semestres. Es una opción muy beneficiosa para el bienestar de los hijos, pero requiere que los progenitores vivan en la misma ciudad. Además, generalmente no se concede si uno de los padres reside a más de 30 kilómetros de distancia del otro.
Dentro de la custodia compartida, existen diferentes modalidades. Por ejemplo, está la custodia compartida con domicilio rotatorio de los hijos, donde cada progenitor tiene su propia vivienda y los niños se desplazan de una a otra. También está la custodia compartida con domicilio fijo de los hijos, donde los niños siempre residen en el mismo domicilio y son los padres quienes rotan según las temporadas. En algunos casos, incluso después de que se haya firmado el divorcio, los padres pueden optar por una coexistencia, es decir, vivir juntos en el mismo domicilio.
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