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Penas de hasta un año de cárcel por acosar a mujeres que deciden abortar, en vigor este jueves

Sociedad

La modificación del Código Penal contempla entre tres meses y un año por acosar a las féminas y a sanitarios en clínicas abortivas.

Acosar a los trabajadores de las clínicas abortivas también será delito

La cifra de abortos crece más del doble durante una década

El 90% de los abortos en 2012 se realizaron a petición de la mujer

Acceso al Congreso. / R. D.
Efe

13 de abril 2022 - 10:47

La ley que modifica el Código Penal para castigar el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas a interrumpir de forma voluntaria su embarazo con una pena de entre tres meses a un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad entra en vigor este jueves.

Así lo indica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), que publica la citada ley, aprobada definitivamente el pasado día 6 por el Pleno del Senado.

La ley considera "imprescindible garantizar una zona de seguridad alrededor de los centros sanitarios que facilitan la interrupción voluntaria del embarazo de forma que quede garantizada la intimidad de las mujeres, su libertad y seguridad física y moral, así como su derecho a la libre circulación y de este modo garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres".

Nuevo artículo del Código Penal

Para ello añade un nuevo artículo al Código Penal, el "172 quater", que establece que "el que obstaculice el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad será castigado con pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días".

Añade que "las mismas penas se impondrán a quien acosare a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo".

Además, "atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años" y "en la persecución de los hechos no será necesaria la denuncia de la persona agraviada".

La nueva norma advierte de que "el acoso a los centros sanitarios donde las mujeres interrumpen voluntariamente sus embarazos es una constante desde la aprobación de la ley por la que se despenalizaba el aborto en tres supuestos".

Cumplir la ley

Recuerda que "la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo reconoce el derecho de la mujer a interrumpir libre y voluntariamente la gestación en las primeras catorce semanas del embarazo" y proporciona "seguridad jurídica tanto a las mujeres como a los profesionales que participan".

Destaca que además "la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda, entre otras cuestiones, la señalización discreta de la ubicación de los servicios de aborto.

En ese sentido, la nueva ley recalca que teniendo en cuenta esta recomendación de la OMS para asegurar la confidencialidad de las mujeres, "su libre decisión y su derecho a un aborto seguro quedan en entredicho a causa de actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que pretenden influir en la decisión de las mujeres de interrumpir su embarazo".

El 90% de las mujeres, acosadas

Documenta que un informe elaborado en 2018 por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), con entrevistas a 300 mujeres que acudieron a varias clínicas de toda España a abortar, mostraba que el 89 por ciento de ellas se habían sentido acosadas y un 66 por ciento amenazadas.

"Miles de mujeres se han visto increpadas, insultadas, coaccionadas o amenazadas de algún modo", concluía el informe de ACAI, recogido en la nueva norma que publica el BOE.

Explica que "grupos organizados abordan a mujeres con fotografías, fetos de juguete y proclamas contra el aborto antes de que entren en la clínica para que modifiquen su decisión a través de coacciones, intimidación y hostigamiento", lo que llevó a ACAI a solicitar una regulación que considerara el acoso en las clínicas mediante este tipo de acciones como un delito de obstaculización del aborto.

También subraya que el Defensor del Pueblo inició en 2018 una actuación tras recibir esta denuncia del acoso al que se ven sometidas las mujeres que acuden a este tipo de centros documentando numerosos casos de hostigamiento en toda España, ante lo que valoró la propuesta de creación de zonas seguras para garantizar el acceso de las mujeres a las clínicas.

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