El Gobierno anticipará la pensión de los menores si el progenitor no la paga
La asignación económica podrá ser solicitada por el cónyuge que tenga la guarda y custodia de los hijos · El pago de los alimentos se limitará a 18 meses y con un máximo de 100 euros por beneficiario
Con el objetivo de hacer frente a los casos en los que, en parejas separadas o divorciadas, un cónyuge incumple su obligación de entregar una pensión alimenticia al otro para la manutención de los hijos menores de edad, el Gobierno aprobó finalmente ayer la puesta en marcha del fondo por el que el Estado se hace cargo, mediante un sistema de anticipos a cuenta, del cobro de dicha pensión.
A propuesta conjunta de los ministros de Justicia y Economía y Hacienda, el Consejo de Ministros aprobó la organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, que permitirá asegurar unos mínimos en el cobro de las pensiones alimenticias de los hijos, acordadas en resolución judicial, cuando éstas no son abonadas por el obligado a dicho pago.
Esta norma se aplicará tanto a los hijos e hijas menores como a aquellos que aun siendo mayores de edad tengan una discapacidad superior al 65 por ciento. En el caso de los menores extranjeros, se exige la residencia en España cuando éstos sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea. En cuanto a los restantes, bastará con cinco años de residencia legal en nuestro país y que sus derechos nacionales concedan anticipos similares a los ciudadanos españoles en su territorio.
Además, las resoluciones favorables deberán haber sido dictadas por tribunales españoles y debe constar la exigencia de haber instado la ejecución de esta sentencia sin haber obtenido el pago. Igualmente, debe existir una rigurosa acreditación de la situación económica de la unidad familiar en la que vivan los menores. Se podrá regular un reconocimiento urgente cuando los ingresos de la unidad familiar no superen las cuantías previstas para el reconocimiento ordinario, o cuando la solicitante sea víctima de violencia de género.
Este anticipo podrá ser solicitado por parte de quien tenga la guarda y custodia de los menores que tengan reconocido el pago de alimentos. Por otra parte, estas cantidades concedidas por el fondo, que se configuran como anticipos reintegrables, se limitarán a 18 meses y tendrán una cuantía máxima de 100 euros para cada menor beneficiario.
La creación del fondo responde a un compromiso recogido en la Ley Integral contra la Violencia de Género y en la posterior reforma del Divorcio. Cuando en octubre pasado se anunció su puesta en marcha antes de fin de año, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó que su objetivo es hacer frente "por desgracia una situación más extendida de lo que cabría desear, y que para hacerle, el Estado correrá, en primera instancia, con el pago de la pensión, cubriendo las necesidades más inmediatas de manutención y asistencia". La gestión del fondo corresponderá al Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).
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