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El Gobierno de Ayuso reclama dinero a los familiares de fallecidos en residencias durante la pandemia

Sociedad

La consejera madrileña explica que la reclamación de deuda es "un proceso habitual" que se hace "en estricto cumplimiento de una ley estatal"

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Residencia de mayores

Madrid/El Gobierno de la Comunidad de Madrid, que preside Isabel Díaz Ayuso, ha reclamado el dinero de la residencia a familiares que perdieron a sus mayores durante la pandemia de la Covid-19, según ha adelantado la Cadena Ser y ha confirmado EFE.

María de Álvaro recibió el pasado 11 de marzo una carta certificada por correo postal en la que le reclamaban dinero de la residencia del Ensanche de Vallecas donde falleció su padre el 5 de abril de 2020, en la primera ola de la pandemia de coronavirus.

En concreto, en una resolución de procedimiento de ingreso de precios públicos, le reclamaban 674,28 euros por la cuota de marzo y los cinco primeros días de abril hasta que su padre falleció en la residencia.

De Álvaro ha explicado a EFE que hasta que el director general de Atención al Mayor y la Dependencia, Óscar Álvarez López, le envió la carta exigiéndole el pago de esta deuda no tuvo conocimiento de que hubiera un impago porque la cuota de la residencia se giraba a una cuenta de la que era titular su padre y que ella no gestionaba.

Ha recordado "las circunstancias horrorosas, desoladoras y terribles" de marzo y abril de 2020, cuando no se podía visitar a los mayores en las residencias y se comunicaba con su padre a través de la centralita de la residencia hasta que dejaron de coger el teléfono.

Comunicación de cuidados paliativos

"El 5 de abril, a las 13:00, alguien me llamó de la residencia Ensanche de Vallecas de Madrid para pedirme permiso para administrar paliativos a mi padre porque se estaba muriendo", ha indicado. Su padre tenía 94 años y sufría una demencia leve, pero no estaba enfermo.

"Siento horror porque el dolor no se ha curado. El día 5 es el aniversario de la muerte de mi padre. Siento indignación, tristeza, rabia y asco. Es repugnante que esta gente me escriba para pedirme una tasa por unos servicios que no se prestaron, porque se negó a mi padre la entrada a un hospital y a una asistencia sanitaria digna. ¿Con qué dignidad y con qué moralidad me están reclamando esto?", se ha preguntado.

Tras recibir el escrito, ha confesado, "pensé en tirar esa carta a la basura", porque "esto es como si el asesino de mi padre ahora tuviera la desfachatez de reclamarme el dinero de la bala con la que lo mató".

María de Álvaro ha presentado un escrito para pedir amparo al Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, y se ha dirigido al Grupo Socialista en la Asamblea de Madrid.

Respuesta del Gobierno madrileño

En declaraciones a los periodistas, la consejera de Familia, Juventud y Servicios Sociales, Ana Dávila, ha explicado que la reclamación de deuda es "un proceso habitual" en todas las Administraciones públicas locales, regionales y estatales que se hace "en estricto cumplimiento de una ley estatal".

Fuentes de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales han precisado que "la legislación estatal no estableció ninguna excepcionalidad con las deudas pendientes durante la pandemia" y que todas las administraciones públicas están obligadas por la legislación estatal a requerir a los ciudadanos sus deudas.

Han agregado que, en este caso, de forma periódica y habitual, se revisan los expedientes de las plazas con financiación pública de las residencias, tanto de residentes que continúan ocupando las plazas como de personas fallecidas.

En el caso de las deudas de residentes fallecidos, su proceso es mucho más complejo y se dilata en el tiempo al tener que requerirse a los herederos, según fuentes de la Consejería.

La declaración de herederos normalmente no se realiza antes del año de fallecimiento y hay que considerar después si existen renuncias a las herencias y localizar los domicilios de todos los herederos, han agregado las misma fuentes de la Comunidad de Madrid.

En estos procesos, se requiere a todos los herederos de los fallecidos en los que se producen impagos que hagan frente entre ellos a la deuda pendiente, sin poder distinguir la causa que genera el impago ni otras cuestiones particulares de cada caso. Los requeridos disponen de la posibilidad de presentar recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, tal y como prevé la legislación.

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