España estrena nueva normalidad: qué se puede hacer a partir de ahora
Final del estado de alarma
Las comunidades autónomas son las encargadas de regular la 'nueva normativa', aún así el Ministerio de Sanidad ha decretado algunas normas comunes
Estrenamos verano y 'nueva normalidad'. El coronavirus Covid-19 sigue entre nosotros y no debemos olvidar que el riesgo de contagio sigue latente, motivo por el que las normas de higiene (lavado de manos y mascarilla) y de distancia social (un metro y medio mínimo entre personas) serán obligatorias en estos meses.
Las vacaciones escolares y el fin del estado de alarma decretado por el Gobierno el 14 de marzo ante la pandemia sanitaria, marcan el inicio de esta 'nueva normalidad' que tendrá unas normas diferentes dependiendo de la comunidad autónoma en la que se resida.
No obstante, hay determinadas situaciones que serán de obligado cumplimiento para todo el territorio español. Aquí te damos las claves:
Hasta que haya vacuna
La 'nueva normalidad', recogida en el último decreto del Ministerio de Sanidad, permanecerá vigente desde su entrada en vigor el pasado 21 de junio, y se prolongará hasta que el Gobierno declare que la crisis sanitaria ha concluido, lo que, según el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ocurrirá cuando haya una terapia o vacuna eficaz contra la Covid-19.
Mascarilla y distancia de seguridad
Obligatorio, para todos y en todas las regiones: uso obligatorio de mascarillas y la reducción de la distancia de seguridad de dos metros a 1,5 metros.
Las mascarillas siguen siendo obligatorias en los espacios cerrados, en lugares al aire libre con aglomeraciones así como en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
El incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas establecido en el artículo 6 será considerado infracción leve a efectos de lo previsto en el artículo 57 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, y sancionado con multa de hasta 100 euros.
Restricciones en el ocio nocturno
A pesar de que las normativas autonómicas son muy variadas, ya que cada gobierno regional regula las medidas de prevención para contener y acabar con la enfermedad, todos han establecido aforos similares, situados en el entorno del 75%, una distancia mínima interpersonal y restricciones en el ocio nocturno.
Por ejemplo, en Andalucía el aforo en el interior de bares y restaurantes es del 75% y del 100% en las terrazas, siempre manteniendo la seguridad de un metro y medio y con una concentración máxima de 25 personas por mesa. Mientras que en los hoteles y apartamentos turísticos pueden ocuparse las zonas comunes, como salas de reuniones y comedores hasta el 50%, mientras que los conciertos al aire libre tendrán una capacidad máxima de 1.500 personas en el exterior.
Horarios para el transporte de mercancías
Vuelven las restricciones a la circulación establecidas para los vehículos de transporte de mercancías, que no podrán circular a determinadas horas y días para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico durante los fines de semana y días de operaciones especiales de tráfico.
Libre circulación
Clave después de tres meses de confinamiento, es la ausencia de restricciones a la movilidad de vehículos. Ya podemos desplazarnos por todo el territorio español, incluso salir a otros países de la Unión Europea y espacio Schengen. La Dirección General de Tráfico (DGT) afirma que no prevé grandes atascos, aunque advierte de la "tentación" de pisar el acelerador y de una "conducción compulsiva" tras este periodo de desplazamientos restringidos.
Trabajar por turnos
En cuanto al trabajo, el decreto apuesta por el teletrabajo siempre y cuando sea posible, aunque consciente de la reincorporación presencial a los puestos de trabajo, recuerda la higiene y limpieza a cargo de la empresa. Así como la necesidad de adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenación de los puestos de trabajo y la organización de los turnos, para garantizar la distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre los trabajadores.
Volver al colegio
Las comunidades autónomas ya tenían libertad desde la fase 2 para reabrir los centros educativos, aunque la 'nueva normalidad' insiste en que volver a la escuela lo decidirán las comunidades autónomas, pero siempre guardando 1,5 metros de distancia. Podrá haber público en las actividades deportivas, en manos del Consejo Superior de Deportes, pero también respetando la distancia de seguridad.
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