La clave técnica para que Del Nido pueda asaltar la presidencia del Sevilla

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La Audiencia Provincial debe notificar su fallo sobre la petición de desagrupar las acciones del ex presidente, pues con la presente agrupación no pude votar para remover el actual consejo ni promover uno nuevo

El juez aprueba las medidas cautelares pedidas por Del Nido y podrá votar en la Junta

La otra versión del auto de José María del Nido contra José Castro en el Sevilla

Del Nido atiende a la prensa a la salida de los juzgados. / Antonio Pizarro

Este martes fue notificado a las partes el auto del Juzgado de Primera Instancia número 10 concediendo parcialmente las medidas cautelares que había solicitado José María del Nido. Cada parte hace su interpretación y lectura, lo más apegada posible a su interés, lógicamente. Y lo que dijo la jueza es que accedió "a la medida cautelar solicitada, y en consecuencia, sin perjuicio de la vigencia del acuerdo de socios de 22 de noviembre de 2019, permitir que D. José María del Nido Benavente pueda votar libremente". Del Nido Benavente entiende que es libre de votar, lógicamente, y José Castro, Del Nido Carrasco y Sevillistas de Nervión entienden que sí, pero que el pacto sigue vigente y con él las gravosas indemnizaciones que conllevaría que el ex presidente quisiera remover los cargos del consejo.

La jueza ha liberado el voto del alineamiento con su hijo y reconoció que el padre ya puede votar sin que su hijo represente el 25% del capital social que aduce tiene en su poder. Y Del Nido ya podría votar la remoción del consejo que, como en la Junta de 2021, han pedido Sevillistas Unidos 2020 (777 Partners, los Americanos) para quitar del cargo a José Castro y José María del Nido Carrasco como presidente y vicepresidente primero.

Pero, ¿por qué recurrió entonces Del Nido padre a la Audiencia Provincial cuando el Juzgado de lo Mercantil le denegó las medidas cautelares para la desagrupación de las 32.000 acciones que le permitieron meter en el consejo a tres representantes en 2018? Pues porque al acceder a tres consejeros por el derecho de representación de las minorías no puede votar sobre decisiones de gobernabilidad del consejo. En otras palabras, no puede votar contra el actual consejo ni votarse a sí mismo para ser presidente del consejo en la actual situación.

De ahí que sea fundamental el fallo sobre el recurso que interpuso ante la Audiencia Provincial de Sevilla (AP), cuyos tres magistrados se reunieron para votar el pasado viernes y su notificación es esperada por las partes de forma inminente, entre este viernes y el lunes seguramente. Hasta con ansiedad. Porque si la AP deshace cautelarmente la agrupación de acciones con las que Del Nido metió en el consejo a su hijo mayor, José María, a su segundo hijo, Miguel Ángel (entonces como representante de Nervión Grande S.L., ahora está representada por Jordi Marín) y a Enrique de la Cerda en diciembre de 2018, el ex presidente podría usar el mando sin pilas y votar la remoción del consejo. Sería como ponerle pilas al mando, usando la alegoría falaz que usó el ex presidente hace un año denunciando que no le habían dejado votar la remoción.

En tal caso, a Del Nido ya sólo lo atarían los grilletes de las gravosas indemnizaciones (5 millones por cargo directivo removido) que firmó en el pacto de gobernabilidad de 2019 que gravarían las votaciones contra los cargos directivos del consejo de administración, y ya dependería de su criterio o su estrategia si vería oportuno afrontar las posibles indemnizaciones a cambio de volver a ser presidente, que es su deseo.

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