El Sevilla convoca la Junta Extraordinaria de Accionistas para el 9 de octubre

El consejo de administración ha aprobado la fecha de celebración, después del derbi, aunque no la ha comunicado a los accionistas ni la ha publicado en la vía oficial

El 11 de diciembre expira la agrupación de acciones que hizo el ex presidente por el derecho de representación de las minorías, aunque el consejo no lo dejó votar acogiéndose al artículo 7 del Código Civil

José María del Nido Carrasco, Pepe Castro y Víctor Orta, este mismo verano.
José María del Nido Carrasco, Pepe Castro y Víctor Orta, este mismo verano. / José Luis Montero

El Sevilla FC ha fijado para el 9 de octubre, miércoles, la Junta General Extraordinaria de Accionistas solicitada por José María del Nido Benavente y por Sevillistas Unidos 2020, siguiendo lo estipulado por la Ley de Sociedades de Capital ante cualquier petición de un accionista que supere el 5% del accionariado. El ex presidente hizo público este jueves un comunicado en el que informaba de que el pasado 17 de junio (hace ya dos meses y medio) formalizó la solicitud de dicha Junta ante la preocupación "por las condiciones del préstamo" solicitado por al entidad de "cantidades muy elevadas" (108 millones en euros).

Del Nido explica en su escrito que, tras hacer esta solicutud de manera formal y al no recibir respuesta, volvió a requerir el pasado 7 de agosto al presidente la celebración de esta Junta Extraordinaria, que si bien el letrado sevillano, por los plazos estimaba para el 8 de octubre, finalmente el Sevilla ha decidido fijar para el 9 del próximo mes. Esta fecha, aprobada en una reunión no presencial, ha sido firmada por el consejo de administración, aunque no ha sido comunicada a los accionistas ni tampoco ha sido publicada como es habitual en la vía oficial en estos casos, la web del Sevilla FC. Curiosamente, la Junta será justo después del primer derbi, fijado en la jornada 9 en el Sánchez-Pizjuán el fin de semana del 6 de octubre, justo antes del siguiente parón liguero.

Del Nido Benavente ha denunciado que incluso los grandes paquetes accionariales que apoyan al actual presidente y vicepresidente, su hijo y Pepe Castro, " las familias Carrión, Alés, Matador y Guijarro", se enteraron por las redes sociales del requerimiento oficial de celebración de una Junta Extraordinaria.

El que fuera máximo accionista, tras la petición de anteriores Juntas Extraordinarias en las que ha intentado en vano cesar al consejo de administración, vuelve a proponer otro intento, ahora amparándose en el último auto judicial, en el que un magistrado de lo Mercantil estipuló que en las Juntas de 2023 y 2024 se le privó "ilegítimamente del derecho al voto", lo que en su condición de máximo accionista de la entidad, junto a los apoyos con los que cuenta como se ha podido comprobar por sus acciones representadas en las últimas asambleas, habría sacado adelante el punto del orden del día referente a la remoción de los cargos del consejo.

Llama la atención que no será hasta el 11 de diciembre cuando, como ha recordado incluso el último auto del juzgado de lo Mercantil, cuando se cumplan los 6 años de vigencia de la agrupación de acciones que hizo Del Nido Benavente en 2018 haciendo uso del derecho de representación de las minorías, el mecanismo legal al que se ha acogido el consejo todos estos años para negarle el voto al ex presidente. Ojo, siempre que fuera en los puntos referentes a los cargos del consejo, ya que se supone que no puede cesar a los consejeros (tres) que él mismo ha nombrado por esta vía. Sin embargo, en la última Junta Extraordinaria la mesa presidencial se acogió al artículo 7 del Codigo Civil para impedir el voto al máximo accionista y sacar adelante, entre otras, la decisión de contraer un crédito financiero de 108 millones de euros a pagar en 10 años contra todas las vías de financiación de la entidad, fundamentalmente los derechos de televisión y los ingresos por competición europea, en la actualidad inexistentes.

El artículo 7 del Código Civil, que se basa en "las acciones de buena fe" y en perseguir los intereses propios frente a los de la sociedad, es una figura de consistencia relativa en cuanto a base legal.

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