El juez archiva la denuncia penal de Del Nido Benavente contra Del Nido Carrasco por la última Junta
La resolución judicial de Juzgado de Instrucción número 2 aparece sólo una semana después de ser presentada el pasado 15 de enero y, lógicamente, está abierta a los diferentes recursos
Del Nido Benavente ya ha presentado la denuncia prometida por la vía penal
Sevilla/Nuevo revés judicial contra José María del Nido Benavente en su guerra judicial contra su hijo, José María del Nido Carrasco, y el consejo de administración del Sevilla Fútbol Club SAD. El Juzgado de Instrucción número 2 de Sevilla, representado por el juez Miguel Ángel Gálvez Jiménez, ha decidido archivar la denuncia penal que interpuso la semana pasada por la privación del voto en la reciente Junta General de Accionistas.
Siete días justos ha tardado en pronunciarse el juez desde que la denuncia fuera presentada el pasado 15 de enero de 2025 por la procuradora de José María del Nido Benavente. Se hablaba de la comisión de un delito societario penado en Código Penal por parte de su hijo, José María del Nido Carrasco.
En la resolución, en su segundo punto, se cita textualmente lo siguiente: "Se acuerda el sobreseimiento provisional de la causa, sin perjuicio del ejercicio de la sanciones civiles o mercantiles que correspondan". Inmediatamente se añade en el tercer punto: "Una vez sea firme esta resolución, archívense las actuaciones".
Del Nido Benavente alegaba que "ello le ha privado del derecho de voto, además de impedirle el ejercicio de su derechos sociales, en concreto del control de la gestión social". Sin embargo, se estima que "en la denuncia no se especifica ni cuál es el acuerdo abusivo adoptado por el denunciado Sr. Del Nido Carrasco, ni describe cuál es el perjuicio patrimonial causado a la sociedad por la adopción del acuerdo, debiendo insistir en que la adopción del acuerdo y el perjuicio social, a la sociedad o a alguno de los socios, se encuentran en relación de causa efecto resultando elemento constitutivo del tipo del artículo 292 que la mayoría ficticiamente obtenida se haya usado para adoptar un acuerdo lesivo que perjudique a la sociedad o a algunos de los socios produciendo un correlativo beneficio para quienes imponen el acuerdo o para un tercero.
Lógicamente, José María del Nido Benavente y sus abogados tienen 20 días de plazo para interponer los recursos que consideren necesarios tanto de reforma, ante el mismo Juzgado número 2, como de apelación.
En el texto de la resolución, el juez vuelve a insistir en que "en la denuncia no se especifican los hechos concretos y distintos -a excepción de la privación del derecho de voto antes aludido- que han supuesto una conculcación de los derechos sociales vulnerados".
"Por todo lo anterior, concurriendo lo dispuesto en la regla 1ª del artículo 779.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con el artículo 641.1 del mismo texto legal, se debe acordar el sobreseimiento provisional de las presentes diligencias, al no estar debidamente justificada la perpetración de un delito", concluye el juez Miguel Ángel Gálvez Jiménez.
La representación jurídica del Sevilla la ha llevado Lucas Fernández de Bobabilla, abogado del equipo de Alberto Pérez Solano, al que José María del Nido Benavente se enfrentó durante el pasado derbi y por el que ha sido sancionado por el club sin poder asistir al Ramón Sánchez-Pizjuán.
Temas relacionados
No hay comentarios