La circular número 3 justifica el penalti por mano de Militao
Sevilla FC
Será infracción si "la mano o el brazo se posicionan de manera antinatural y consiguen que el cuerpo ocupe más espacio; incluso en el caso de que el balón toque en la mano o el brazo del jugador tras haber rebotado en la cabeza"
La circular número 3 de la RFEF viene a poner orden en medio de la polémica del Real Madrid-Sevilla. Se publicó en septiembre de 2020 ante el maremágnum sobre las manos y deja en mal lugar a los que han criticado con dureza a Martínez Munuera. Hay una frase definitiva en la misma que describe la acción de Militao en el área madridista y que obliga a sancionar si "la mano o el brazo se posicionan de manera antinatural y consiguen que el cuerpo ocupe más espacio; incluso en el caso de que el balón toque en la mano o el brazo del jugador tras haber rebotado en la cabeza, el cuerpo o el pie de dicho jugador o de otro que estuviera situado cerca del primero".
En Madrid, entretanto, sigue debatiéndose de manera ardua, visceral y hasta ilógica sobre la decisión de Martínez Munuera de pitar penalti por la clarísima mano de Militao, justo antes del contragolpe y el penalti de Bono a Benzema, una acción en directo muy clara pero que en una repetición parece que el delantero se deja caer antes del contacto... Pero el VAR intervino para sancionar la acción anterior, en el área madridista, y se formó el lío.
Era lo esperable estando el título de Liga en juego y moviendo el Real Madrid de Florentino Pérez lo que mueve. En este país el fútbol funciona así. Pero la regla es taxativa y da la razón al árbitro valenciano, otrora villano de los sevillistas y ahora convertido en héroe.
Pero dentro de ese debate resulta más que llamativo que en las tribunas capitalinas se hayan pasado por alto esa circular número 3 del Comité Técnico de Árbitros relativa a las manos. Es cierto que durante la temporada los árbitros han retocado el asunto y han intentado ser lo más pulcros posibles con la aplicación del reglamento, ante el excesivo número de manos que se pitaban al principio. Es más, se está estudiando una nueva reestructuración sobre las manos. Pero la regla, por ahora, sigue siendo la que es, la regla 12 concretamente, y está recogida en el esa circular.
El texto relativo a las manos, recogido en la regla 12 de esa circular, es el siguiente:
Cometerá INFRACCIÓN el jugador que:
- Toque el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo.
- Marque gol en la portería adversaria directamente con la mano o el brazo —incluso si la acción se produce de forma accidental—, incluido el guardameta.
- Inmediatamente después de que el balón le toque a él o a un compañero de equipo en la mano o el brazo, incluso de manera accidental, para luego: o marcar gol en la portería adversaria; o generar una ocasión de gol;
- El cambio de las reglas de juego para esta temporada hace hincapié en la necesidad de que exista una inmediatez en las manos “accidentales” que acaban en gol o en ocasión de gol para ser sancionadas.
Por tanto, NO se considerará infracción por mano “accidental”, si el esférico recorriera una cierta distancia (tras un pase o una conducción) y/o se dieran varios pases antes de un gol o de una ocasión manifiesta de gol.
Por norma general, cometerá infracción el jugador que toque el balón con la mano o el brazo cuan d o:
- La mano o el brazo se posicionan de manera antinatural y consiguen que el cuerpo ocupe más espacio; incluso en el caso de que el balón toque en la mano o el brazo del jugador tras haber rebotado en la cabeza, el cuerpo o el pie de dicho jugador o de otro que estuviera situado cerca del primero.
- La mano o el brazo se sitúan por encima de la altura del hombro o más allá de este, a menos que se juegue primeramente el balón, y luego toque este en la mano o el brazo.
Excepto en las infracciones mencionadas, NO se considerará infracción si el balón toca la mano o el brazo:
- Si proviene directamente de la cabeza o el cuerpo (incluido el pie) del propio jugador; el jugador JUEGA el balón intencionadamente y le golpea a su propio brazo /mano.
- si proviene directamente de la cabeza o el cuerpo (incluido el pie) de otro jugador; balón que llega inesperadamente de rebote, siempre y cuando no esté en posición antinatural ocupando un espacio.
- si la mano o el brazo están cerca del cuerpo y no se encuentran en una posición antinatural con la que se consiga ocupar más espacio.
- si el jugador cae y la mano o el brazo quedan entre el cuerpo y el punto de apoyo en el suelo, pero no alejadas del cuerpo hacia un lado o en vertical.
En cuanto a la sanción disciplinaria a aplicar en las jugadas de manos, no ha habido ningún cambio en relación a temporadas anteriores, es decir, serán amonestadas las acciones cometidas con las manos o brazos, siempre que:
- El jugador toca el balón con la mano para interferir en un ataque prometedor o detenerlo.
- Toca el balón con la mano en un intento de marcar un gol (independientemente de que lo consiga o no) o en un intento de evitar un gol sin conseguirlo.
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