Contenido íntegro de la reforma estatutaria que piden los accionistas de base
Junta de Accionistas del Sevilla
Accionistas Unidos y la Federación de Peñas San Fernando, con el apoyo de Tercera Vía Sevillista, buscan poner trabas a la hipotética especulación por parte de capital extranjero
El pasado domingo, con un notario que levantó acta, los accionistas de base, agrupados en Accionistas Unidos y la Federación de Peñas Sevillistas San Fernando, y con el apoyo de Tercera Vía Sevillistas, lograron sindicar el porcentaje necesario para solicitar al consejo de administración del Sevilla un complemento de convocatoria de la Junta General de Accionistas.
Con el cerca del 6% del capital social, 5.998 títulos agrupados concretamente gracias a la labor de concienciación entre los pequeños accionistas sobre la incertidumbre respecto a la amenaza de compra de grandes capitales extranjeros, estas plataformas solicitaron que en la próxima Junta General de Accionistas del próximo 10 de diciembre se incluyan tres puntos en el orden del día relativos a la reforma de los Estatutos del club. El objetivo es frenar o poner trabas a la especulación con los bienes inmuebles del club por parte de capital extranjero y el desembarco indiscriminado del mismo. Al incluirse estos tres puntos en el orden del día, la Junta de Accionistas tiene la obligación de que sean votados, es decir, aprobados o rechazados.
El texto de la solicitud al que ha tenido acceso este diario comienza explicando cómo por medio del escrito presentado en las oficinas del estadio del Sevilla los accionistas proceden a "solicitar un complemento de convocatoria de la referida Junta General, para que se añadan como primer, segundo y tercer punto del orden del día los siguientes asuntos":
- PRIMERO.- Propuesta y, en su caso, modificación del artículo 18º de los Estatutos Sociales relativo al Quorum, para modificar la parte final de su tercer párrafo, aumentando al 75% en primera convocatoria, y al 70% en segundaconvocatoria, la mayoría de votos necesaria para que se pueda transmitir,disponer o gravar el Estadio Ramón Sánchez-Pizjuán y la Ciudad DeportivaJosé Ramón Cisneros Palacios.
- SEGUNDO.- Propuesta y, en su caso, modificación del artículo 7º de los Estatutos Sociales relativo a Régimen de transmisión de acciones, para que el abonado del Sevilla Fútbol Club SAD tenga preferencia sobre el extranjero o extraño en la adquisición de acciones.
- TERCERO.- Propuesta y, en su caso, modificación del artículo 8º de los EstatutosSociales relativo a Derechos incorporados a cada acción, para que el númeromáximo de votos que pueda emitir un mismo accionista en una Junta General,de modo directo o indirecto, sea del 30%.
"Asimismo, de conformidad con el contenido del artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital -continúa el escrito presentado en las oficinas del Sevilla-, se adjunta como Anexo 1 el texto íntegro de la modificación que se propone y el informe escrito con su justificación.
Se realiza esta petición junto a otros accionistas del Sevilla Fútbol Club, de conformidad con el contenido del art. 172.1 de la LSC de los artículos 6.5 y 8.4 del Reglamento de la Junta General de Accionistas,y les requiero para que den cumplimiento a lo preceptuado en dicho artículo, procediendo a publicar el complemento solicitado a la convocatoria de la Junta General de 10 de diciembre de 2018".
Esta solicitud presentada por los accionistas de base no implica que vayan a ser aprobados dichos puntos, sino que, al pedirse el complemento de convocatoria, el secretario de la Junta de Accionistas tiene la obligación de incluirlos en el orden del día, con lo que deben ser votados por los accionistas presentes en la asamblea.
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