Jesús Alba
Cuando el reloj se pare
Sevilla FC
La perseverancia ha dado fruto. El Sevilla ha logrado que el Comité de Competición, a través de su Comité de Disciplina, le haya abierto un expediente al Real Madrid por el vídeo que emitió su televisión oficial antes de la visita sevillista al Santiago Bernabéu, señalando los errores presuntos que los árbitros designados, Díaz de Mera y González Fuertes, habían cometido contra el Madrid en citas anteriores.
Los servicios jurídicos del Sevilla, tras la ampliación y la concreción jurídica de los artículos infringidos del Código Disciplinario, han logrado la atención del comité federativo, que en principio desoyó la reclamación, según ha constatado este diario.
Después de que el Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol dejase sin responder ni notificar al Sevilla que había recibido una primera denuncia, el club presentó el pasado viernes otro escrito ampliado y prolijo en detalles jurídicos. Ahora, ante la exactitud de la denuncia, Competición no ha tenido otra salida que abrir un expediente al Real Madrid, objeto de la denuncia por ser su televisión oficial la que emite estos vídeos.
La directiva sevillista supo ya este miércoles que el Comité de Competición había tratado el tema de los vídeos señalando a Díaz de Mera y González Fuertes en su reunión ordinaria de los miércoles y estaba cerca de abrir un expediente, aunque finalmente no recibió la notificación en un sentido u otro. Este jueves, después de muchos trámites y contactos, por fin ha llegado la notificación con la respuesta positiva a su denuncia.
Una vez que la RFEF, a través de su comité, ha admitido la denuncia del Sevilla contra el club del poderoso Florentino Pérez, LaLiga se personará aportando también otros vídeos en los que quiere probar cómo es una práctica habitual de Real Madrid TV antes de cada partido. Así lo prometió Javier Tebas, después de la primera denuncia del Sevilla. Y así lo ha cumplido y ha sido notificado al Real Madrid.
La semana pasada, Competición le trasladó informalmente al Sevilla que no admitía su denuncia por un defecto formal, al entender que era un simple escrito más que una denuncia, y aduciendo que ni siquiera estaban reflejados los preceptos presuntamente infringidos del Código Disciplinario (C.D.) de la RFEF. Sin que sea necesario en absoluto esto para interponer una denuncia y que ésta sea atendida, el Sevilla reformuló y revisó su denuncia, detallando los artículos del C.D. que cree infringidos. Y volvió a mandar su pliego de acusaciones el pasado viernes 1 de marzo.
En el pliego ampliado, los servicios jurídicos del Sevilla expusieron todo lo concerniente a los vídeos de Real Madrid TV, con sus consideraciones previas, su exposición de los hechos, sus fundamentos de derecho y sus pruebas, aportando los vídeos de marras en los que la televisión oficial del Madrid realiza sus intencionadas críticas a los árbitros, de forma previa a los partidos y con el ánimo de condicionar la conducta de éstos. Así lo entiende el Sevilla y así lo expone.
El club de Nervión ha emitido un comunicado anunciando la apertura de expediente, poco después de conocerse la noticia y de recibir la notificación de Competición. En el mismo expone los argumentos que lo ha llevado a realizar la denuncia a través de sus servicios jurídicos.
"El club nervionense decidió actuar al entender que estas prácticas, que se han venido repitiendo en los últimos tiempos -incluido el partido de la primera vuelta entre ambos equipos-, hacen un grave daño al fútbol español y ponen en tela de juicio la integridad de la propia competición y la honorabilidad del estamento arbitral pero, sobre todo, pretenden influir en los árbitros concretos que actúan en los partidos, ya que los vídeos tratan de crear la imagen de falta de profesionalidad y antimadridismo, justo antes de cada partido, con una enorme difusión a través de la televisión", dice la nota.
"Esto tiene especial repercusión en los partidos que se juegan en el Santiago Bermabéu, ya que las decenas de miles de aficionados del Madrid llegan aleccionados de la existencia de un sesgo de parcialidad antimadridista en los colegiados que van a intervenir, lo que incrementa la tensión y crea una presión injusta sobre ellos", continuaba la exposición por parte del Sevilla.
Ahora, Competición, una vez notificadas a las partes la apertura del expediente, le traslada al Madrid la posibilidad de presente alegaciones en el plazo previsto por la jurisdicción federativa -diez días hábiles desde que el comité indique al denunciado que comienza el plazo-, contra la denuncia que ha interpuesto el Sevilla. Una vez recibidas las alegaciones, Competición debe dictar una resolución, que puede ser exonerando al Madrid de las faltas denunciadas, o considerando los hechos como graves o muy graves, con sus correspondientes sanciones. El proceso puede ir para largo.
Concretamente, el Sevilla relaciona los artículos 66, 70, 94, 105 y 106 del del Código Disciplinario (C.D.) de la RFEF. Todo, dentro el capítulo del C.D. sobre actos notorios y públicos que afecten a la dignidad y decoro deportivos.
Artículo 66º. Actos notorios y públicos que afecten a la dignidad y decoro deportivos considerados muy graves: "Los/as que cometan actos notorios y públicos que afecten a la dignidad o decoro deportivos, cuando revistan una especial gravedad, o reincidencia en infracciones graves de esta naturaleza", con multas de hasta 30.000 euros e inhabilitación.
Artículo 70º. Actos y conductas contrarias a la tolerancia y el respeto. Considerados como muy graves, "se entienden por actos o conductas contrarias a la tolerancia y el respeto, aquellas que sin llegar a ser calificadas como violentas, racistas, xenófobas o intolerantes, supongan un mensaje degradante, vejatorio, irreverente, malsonante o insultante hacía el club rival y sus integrantes, aficiones, árbitros/as y
asistentes/as y en general contra cualquier persona o colectivo que participe directa o indirectamente en el partido o competición de que se trate y contra cualesquiera de los miembros de la organización federativa".
Artículo 94º. Actos notorios y públicos que afecten a la dignidad y decoro deportivos considerados graves. "Los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos serán sancionados como infracción grave y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de 602 a 3.006 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de un mes a dos años o de al menos cuatro encuentros, o clausura total desde un partido a dos meses (...)".
Artículo 105º. Conductas contrarias al buen orden deportivo consideradas graves. "Incurrirán en suspensión de cuatro a diez partidos o multa en cuantía de 602 a 3.006 euros aquéllos cuya conducta sea contraria al buen orden deportivo cuando se califique como grave".
Artículo 106º. Declaraciones a través de cualquier medio sobre los miembros del colectivo arbitral o miembros de los órganos de garantías normativa. (En este caso, el Sevilla se refiere expresamente a Real Madrid C.F., a través de su televisión oficial, Real Madrid TV).
Tras esta exposición y admitida la apertura de expediente por el Comité de Competición, éste debe dar traslado al Real Madrid para que presente las alegaciones que crea oportunas antes de que haya una resolución.
También te puede interesar