El Sevilla apelará al TAD después de que Apelación no estimase el recurso por Badé
Sevilla FC
El club acudirá a la última instancia deportiva tras aducir un "error material manifiesto" en la apreciación sobre la acción con Hugo Duro, al entender que "se deja caer" tras su "forcejeo"
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El Comité de Apelación ha desestimado el recurso interpuesto por el Sevilla contra la resolución del Comité de Competición, al que también presentó alegaciones, de sancionar con un partido de suspensión a Badé por su expulsión tras la jugada con Hugo Duro ante el Valencia.
Ahora cabe interponer un recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), y el Sevilla se planteará hacerlo pidiendo la suspensión cautelar de la sanción. Hasta el mismo lunes, día en el que el Sevilla viaja a Vitoria para jugar con el Alavés por la noche, hay margen para esta última instancia deportiva, que ya no depende de la Real Federación Española de Fútbol, sino del Consejo Superior de Deportes.
En sus alegaciones adicionales a las que ya elevó al Comité de Disciplina, el Sevilla aporta dos pruebas videográficas en las que se aprecia cómo el jugador del Valencia, tras zafarse del intento de agarrón de Badé, se deja caer. Y aduce que "puede apreciarse sin género de dudas en la prueba videográfica aportada el error material manifiesto, claro y patente, en el que incurre el Sr. colegiado".
En los antecedentes de la resolución, Apelación expone los argumentos del Sevilla. Entre éstos, dice el gabinete jurídico del club: "Así, en cuanto al video Nº 1, resalta que el futbolista del Valencia CF comienza una carrera de forma paralela con el defensor local, momento en el que se inicia un forcejeo entre ambos que concluye sin consecuencia alguna. Al respecto, considera que se trata de una lucha habitual a la hora de disputar el balón, por lo que el contacto es inevitable. Junto a lo anterior, subraya que el forcejeo no está recogido en el CD (Código Disciplinario) como falta en ningún caso, y por ello, la acción no supone infracción alguna por parte de los jugadores intervinientes".
Y también "menciona en relación con la grabación Nº 2 que una vez finalizado el forcejeo (sin acción punible por parte de ningún jugador), puede observarse cómo ambos futbolistas continúan en pie corriendo hacia la pelota, por lo que no existe derribo alguno, ya que es el rival quien, al ver el balón lejos de su alcance, se deja caer descaradamente para simular un derribo que en ningún caso tiene
lugar".
El Sevilla, en su recurso, hasta incluye la definición del concepto derribar del Diccionario de la Real Academia Española. Y también muestra su "sorpresa al entender que el Sr. Colegiado, ante situación tan clara y evidente en la que se produce un forcejeo entre los contendientes, ni siquiera sea llamado por los asistentes en la Sala VAR para que pudiera apreciar que el forcejeo termina, los jugadores continúan la carrera y posteriormente el jugador del Valencia FC se deja caer".
Pero Apelación rechaza de plano las alegaciones y afirma que "no es posible apreciar un error material manifiesto, capaz de desvirtuar la presunción de veracidad del acta arbitral dado que las imágenes son, en todo caso, compatibles con lo reflejado en el acta". En esta, Sánchez Martínez expuso: "Badé fue expulsado por el siguiente motivo: Por sujetar a un adversario en la disputa del balón, derribándole, impidiendo con ello una ocasión manifiesta de gol".
Una vez más, los comités realizan su habitual corporativismo con el colegia arbitral, pues es cierto que Badé intenta agarrar del brazo en primera instancia a Hugo Duro, sin llegar a apresarlo, éste suelta su brazo y prosigue la carrera y justo después de deja caer de forma evidente. Una vez más, se premia el engaño.
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