VPO en Sevilla: todos los requisitos y pasos para poder optar a una Vivienda de Protección Oficial

El solicitante debe estar inscrito en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida en Sevilla

Sevilla ofertará VPO de obra nueva en diferentes barrios: precios, ubicación y requisitos

¿Cuál es el precio máximo de una VPO?
Requisitos para solicitar una VPO
Judith R. Iglesias - Redactora

23 de septiembre 2024 - 23:59

El Ayuntamiento de Sevilla aumenta su cartera de Viviendas de Protección Oficial (VPO), con los nuevos edificios y barrios en expansión. Sin embargo, hay muchas personas que se plantean cómo solicitar el acceso a una de ellas. Lo principal es estar inscrito en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida en Sevilla y, a partir de ese momento, seguir las instrucciones de Emvisesa, la empresa municipal de la vivienda en la capital hispalense.

Este registro puede realizarse de manera presencial o telemática, siguiendo en todo momento las indicaciones pautadas por Emvisesa y presentando la documentación requerida, que acredite que el solicitante cumple las condiciones para ser beneficiario.

Requisitos para solicitar una VPO en Sevilla

Emvisesa, la empresa que gestiona las Viviendas de Protección Oficial, recuerda los requisitos que deben cumplir los solicitantes:

  • Ser mayor de edad
  • No ser titular de una vivienda en propiedad, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de uso o disfrute vitalicio.
  • Acreditar el solicitante o la unidad familiar o de convivencia unos ingresos que no excedan de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2024 se encuentra en los 600 euros mensuales. Es decir, los ingresos de la unidad familiar no deben superar los 3.300 euros al mes. “Una vez inscritos, el límite de veces IPREM para acceder a cada vivienda o promoción dependerá del régimen otorgado por la calificación como vivienda protegida y de los distintos planes en que se encuadren las mismas”, matiza Emvisesa.

Asimismo, la empresa también sostiene que “el empadronamiento en la ciudad de Sevilla (durante los dos últimos años inmediatos o cinco años en cualquier momento anterior) o la vinculación laboral o profesional acreditada en nuestra ciudad en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, será uno de los criterios para la selección de demandantes de vivienda protegida en la ciudad de Sevilla, pero no será un requisito previo para la inscripción”.

Paso a paso, cómo optar a una VPO 

Optar a una vivienda de protección oficial (VPO) es una alternativa que llama la atención de muchas personas que desean residir en Sevilla y ven en ella la oportunidad de hacerlo a un precio más bajo del establecido. Por ese motivo, desde Emvisesa determinan el procedimiento para efectuar la solicitud paso a paso.

En primer lugar, como decíamos al principio, existen dos vías distintas: presencial o telemática. Y, en cualquiera de ellas, todo comienza por rellenar el impreso de solicitud. Este documento lo podremos obtener tanto en los puntos de atención que el Ayuntamiento tiene habilitados en cada uno de los distritos municipales, como descargándolo en la página web de Emvisesa.

Si optamos por realizar los trámites de forma presencial, deberemos pedir una cita previa. Para ello, podremos llamar al 010 o solicitarla en la plataforma web del Consistorio. En el caso de realizar la llamada, habrá que solicitar la opción “Ayuntamiento de Sevilla” o “Emvisesa”; mientras que en la página web podremos hacer clic en “Emvisesa y Registro de Demandantes”.

El día de la cita, habrá que presentar el impreso de solicitud firmado por todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar; y aportar la siguiente documentación:

  • Fotocopias del último ejercicio de la declaración de la renta o el certificado de vida laboral.
  • Fotocopias de los DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.
  • Certificado de empadronamiento histórico de todos los miembros.
  • Si los solicitantes están casados o son pareja de hecho, se requerirá el libro de familia.
  • Si están divorciados o separados, deberán presentar la sentencia y el convenio regulador.
  • En caso de discapacidad, presentarán la documentación acreditativa correspondiente.
stats