Viviendas turísticas en Sevilla: cuáles son los permisos que hay que pedir para estar dentro de la legalidad
Aunque solo se requiere de un permiso para poder comenzar a operar, los requisitos para obtenerlo son variados.
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La ciudad de Sevilla se encuentra en plena reforma del sector de los alojamientos turísticos con las limitaciones a las licencias en los barrios de la ciudad que impedirán la expedición de nuevos permisos en algunos barrios del centro histórico que ya han llegado a su límite, así como las medidas en contra de aquellos pisos turísticos que carecen de licencia para operar. Estos últimos carecen de los requisitos que pide la ciudad para obtener el permiso necesario para dar servicio y recibir inquilinos, como son los siguientes:
¿Qué permisos deben tener los pisos turísticos para ser legales?
En Andalucía los propietarios de los pisos turísticos que quieran comenzar a operar de forma legal deben cumplimentar y presentar el formulario de declaración responsable para inicio o ejercicio de la actividad. En este documento declaran que conocen y cumplen con la normativa vigente y debe presentarse en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA) de forma telemática. Es indispensable que las viviendas estén inscritas en este registro para poder obtener la licencia turística.
La Junta de Andalucía indica que este es el principal documento necesario para el inicio de la actividad de un piso turístico, pero también que los propietarios deben presentar información adicional como la certificación registral de dominio de la vivienda, el título jurídico para la explotación de la vivienda si no el titular de explotación no es el propietario de la vivienda, entre otros. Es imprescindible también contar con una licencia de ocupación, que garantiza que la vivienda cumple con el proyecto técnico.
Otro requisito fundamental para obtener la licencia para una vivienda turística en Sevilla o en otras localidades de Andalucía es el Certificado Digital, que será necesario para entregar la declaración responsable.
Por otra parte, los cambios del texto refundido del PGOU han hecho que los requisitos de los pisos turísticos hayan cambiado, ya que ahora estas viviendas están "sujetas a las condiciones del uso terciario de hospedaje y deberán respetar las condiciones de compatibilidad con el uso residencial establecidas para el citado uso terciario", como establecen desde la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla. Es decir, es necesario que estos espacios hayan cambiado su uso y se encuentren registradas como viviendas de uso turístico para poder recibir inquilinos de forma legal.
Para poder conseguir el permiso para operar un piso turístico solo se requiere cumplir con los requisitos urbanísticos. En el caso de Sevilla, la Gerencia de Urbanismo establece entre otras cosas que los pisos de uso turístico necesitan cumplir con lo siguiente:
- Una dimensión mínima de 14 metros cuadrados por plaza y una superficie mínima construida de uso principal de 25 metros cuadrados. Las viviendas deberán tener dosbaños si el número de plazas es superior a cinco (y tres si el número de plazas asciende a ocho).
- Que los dormitorios y los salones tengan ventilación directa al exterior o a patios ventilados, además de algún sistema de oscurecimiento en las ventanas. Además deben cumplir con las condiciones al respecto del PGOU vigente.
- Deberán contar al menos con una preinstalación de la climatización.
- Deberán cumplir con lo establecido en la PGOU al respecto de la evacuación de humos, gases y olores de las cocinas.
- Deberán contar con un ascensor en el edificio.
- El uso de VUT solo se permitirá "con carácter general" en la planta baja y primera, excepto "para los edificios que se conviertan en uso exclusivo de hospedaje".
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