Ninguna vivienda turística más en el centro de la ciudad y limitaciones en altura

Turismo

Sin unas directrices básicas estatales, cada ciudad está desarrollando su propia legislación para combatir los ilegales.

Una legislación dispar. La regulación de las Viviendas con Fines Turísticos corresponde a las comunidades autónomas, que son las que tienen las competencia en materia de turismo. La adaptación al nuevo fenómeno es diferente en cada parte de España. También las ciudades tratan de crear normativas específicas, como el caso de San Sebastián, que aprobó en marzo la primera ordenanza a este respecto. En Europa, la Comisión Europea ha elaborado un informe en el que propone normas comunes para las plataformas de economía colaborativa en los países miembros, como Uber (en el caso del transporte) o Airbnb (en el alquiler de viviendas). En Bruselas se ve este fenómeno como una oportunidad de crecimiento y por eso tiende a unificar los requisitos y aligerar las normativas. Por contra, en España la tendencia es restrictiva. Las autonomías se decantan por exigir cada vez más requisitos al alquiler turístico.

Cataluña, concretamente Barcelona, es la ciudad que ha marcado la senda sobre cómo controlar estos establecimientos, cuyos inquilinos, en muchos casos, han provocado sonadas quejas por parte de los residentes. El año pasado entró en vigor el Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos (Peuat), que busca el equilibrio entre los alojamientos turísticos y la vivienda de uso residencial. El Ayuntamiento ha dividido la ciudad en cuatro zonas para distribuir la oferta y evitar la concentración. En el centro (zona 1), que concentra la mayor parte de la oferta, no se permite la apertura de nuevos establecimientos y cuando se produzca el cierre de estos negocios no se podrá abrir otro en su lugar.

El Consistorio también desarrolla desde 2015 un plan de choque con más de 6.000 inspecciones con sanciones muy importantes para propietarios y plataformas. Se ha incrementado la tasa turística en los pisos a un 246% y se ha reclamado una modificación de la Ley de Haciendas Locales para gravar los pisos turísticos con el IBI más alto, aunque esta medida podría perjudicar más a la oferta reglada que a la ilegal.

El Ayuntamiento de Madrid está elaborando el llamado Plan Especial de Implantación de Uso de Hospedaje que, como Barcelona, dividirá la ciudad en varias áreas prohibiendo nuevas viviendas turísticas en las ya saturadas. Entrará en vigor si lo valora positivamente la comisión de seguimiento del PGOU. Entre otras cuestiones, se dividirán los pisos entre los que se alquilen menos de tres meses al año, que no requerirán ninguna licencia y mantendrán el uso residencial; y los que se ocupen más de 90 días, que serán “alojamientos profesionales” y requerirán una licencia urbanística hotelera.

La ordenanza reguladora del uso urbanístico de vivienda turística y alquiler de habitaciones en vivienda habitual para uso turístico de San Sebastián entró en vigor el pasado 27 de marzo. En ella, se establecen condiciones de habitabilidad, se ponen restricciones mediante un número mínimo de metros, o se limita el número de viviendas turísticas por edificios. Como en Barcelona, la ciudad ha sido troceada. En la zona A, la ciudad vieja, no se concederán más licencias. En la zona B, con una demanda alta, se ponen límites, como el de situarlos en la primera planta. En la zona C se flexibilizan las condiciones con la ampliación, por ejemplo, de más pisos en altura.

En Mallorca, por la legislación autonómica, desde este mes de julio no se permiten los pisos turístico. Sólo se pueden arrendar las viviendas unifamiliares (casas aisladas o chalés).

En Bilbao se ha aprobado un cambio en el PGOU para limitar los pisos turísticos a las primeras plantas de los edificios o los bajos, y así aislarlos del resto de vecinos.

En cuanto a Andalucía, la Junta ha insistido esta semana en la necesidad de unificar la normativa. Así lo ha expuesto el consejero de Turismo y Deporte, Francisco Javier Fernández: “Creemos que necesitamos una armonización normativa por parte del Estado”. La Junta señala en este sentido la Fiscalidad o la Ley de Propiedad Horizontal. “No quiere decir que se produzca una intromisión en cualquiera de las competencias propias de las comunidades, se trata de atajar el problema de las viviendas con finalidad turística de una forma transversal e integral”, expuso el Consejero.

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