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El tribunal justifica la absolución en la debilidad de las pruebas de cargo

Argumenta que la "gran paradoja" del juicio es que para aclarar la desaparición sólo se dispone de las declaraciones de Miguel.

Jorge Muñoz / Sevilla

14 de enero 2012 - 05:03

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a los otros tres acusados de encubrir el asesinato de Marta del Castillo porque entiende que las pruebas de cargo presentadas por las acusaciones "no tienen la fuerza necesaria" para enervar el derecho de presunción de inocencia.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Romeo, señala que "la gran paradoja de este juicio" es que para intentar demostrar la causa y forma de la desaparición de Marta -"lo único cierto"- se dispone fundamentalmente de las manifestaciones del principal encausado, que además ha dado hasta "seis versiones distintas" de los hechos y que posee una "mente manipuladora", detalla el tribunal en alusión al informe de los forenses.

Las declaraciones de Carcaño, insiste el tribunal, son el "principal pivote probatorio" en este juicio, y a lo largo de estos tres años, Miguel Carcaño "de forma reiterada se ha negado a decir qué destino ha dado al cuerpo de Marta del Castillo, llegando a ofrecer varias versiones": que la arrojaron al río Guadalquivir, a un contenedor de basura y, en último lugar, que ayudó a introducirla en un coche y desconoce el paradero del cadáver.

La Fiscalía y la acusación particular que ejercen los padres de Marta presentaron cargos contra los acusados siguiendo la declaración que Miguel Carcaño realizó el 17 de marzo de 2009, en la que confesó que tanto él como el Cuco habían agredido sexualmente a Marta y que el entonces menor fue el autor material de la muerte, al asfixiar a Marta con el cable de una alargadera.

El tribunal analiza todas las declaraciones prestadas por Carcaño y considera que es preciso comprobar cuáles están avaladas por las demás pruebas, sobre todo por las periciales de los restos de ADN hallados en el dormitorio de Miguel Carcaño y la situación de los móviles de los acusados. Estas pruebas periciales son, según los jueces, "meramente indiciarias" y como ocurre con los listados de llamadas, "no han sido tenidos en cuenta en su totalidad por las dos acusaciones, ya que se centraron en lo que denominaron apagón de los móviles sin destacar aspectos tan importantes como la ubicación de los interlocutores", advierte el fallo.

Del análisis de las pruebas, el tribunal concluye que Miguel Carcaño mató a Marta usando un cenicero, dado que se encontró sangre de la menor en el interior de la chaqueta que vestía Miguel Carcaño.

El estudio de los restos biológicos también lleva a los jueces a absolver a Miguel Carcaño del delito de violación, por cuanto entienden que en la cama del dormitorio sólo se hallaron vestigios genéticos de Miguel y de la menor, "pero ninguno del Cuco", a pesar de que según la declaración de Carcaño en la que confesó la violación, el entonces menor también había agredido sexualmente a Marta en la cama, "por lo que en buena lógica también deberían haberse hallado restos biológicos del mismo en la sábana-colcha".

Las acusaciones también defendían que la declaración de Carcaño en la que confesó la violación se aproximaba más a los hechos porque incluso después de hacerla se produjo su intento de suicidio en la cárcel de Morón de la Frontera, pero los jueces recuerdan que un preso declaró en el juicio que Miguel tenía una cuerda enrrollada en el cuello pero "los pies le llegan al suelo", lo que "parece descartar la idea suicida" y lleva al juez a concluir que "no se ha acreditado de modo alguno que Miguel Carcaño agrediera sexualmente a Marta".

Otro de los puntos que combate con vehemencia la resolución es la tesis de las acusaciones respecto a que el cuerpo de Marta fue sacado en la madrugada del 25 de enero de 2009, algo que vendría corroborado por el testimonio del vecino de Carcaño que le vio manipulando una silla de ruedas antes de las dos de la madrugada. Para los jueces ese testimonio es "creíble pero no es exacto" en cuanto a la hora del encuentro, que los magistrados sitúan en un momento posterior a las dos de la mañana y después de que las antenas repetidoras sitúen a Miguel en Camas a la 1:37 horas hablando con la madre de Marta.

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