El Tribunal Económico de Sevilla considera que la tasa de residuos “es una doble imposición”

Hacienda local

El órgano sugiere que, para determinar el coste del impuesto, deben tenerse en cuenta los ingresos actuales por la basura

La oposición en bloque tumba la aprobación del tributo

Adif acusa al Ayuntamiento de poner en riesgo la ampliación del tranvía por frenar el proyecto de Santa Justa

Dictamen del Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla.
Dictamen del Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla. / M. G.

La tasa de residuos es una doble imposición. Esta es una de las principales conclusiones del Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla en su dictamen sobre el proyecto de la nueva ordenanza fiscal que será rechazada en bloque por la oposición (PSOE, Vox y Con Podemos-IU) en sesión plenaria. “La existencia de dos ordenanzas podría inducir a los sujetos pasivos de ésta, a confundir los hechos imponibles y tarifas de ambas en algunos aspectos”, sostiene este órgano especializado en el conocimiento y resolución de las reclamaciones económico-administrativas sobre los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público que sean competencia municipal.

Respecto al borrador de la ordenanza, el Tribunal Económico argumenta que el hecho de que la ley establezca una tasa específica y diferenciada podría haberse llevado a cabo estableciendo una única ordenanza, “ya refundiendo las dos en una o derogando la actual” para aprobar una nueva ordenanza que incluya el objeto de la actual tasa de recogida domiciliaria de basuras, “y de forma diferenciada los nuevos costes de adaptación”. Sugieren que se incentive aún más el reciclaje de los residuos por parte de los sujetos pasivos.

En el documento al que tuvo acceso este periódico, se apunta que la ordenanza no recoge la cantidad que se sufraga el impuesto sobre el depósito de residuos con la actual tasa de recogida domiciliaria de basuras, ni se determina el número de inspectores que incrementaría la plantilla tras una inversión de 2,1 millones. Sobre los ingresos generados con el nuevo tributo, el Tribunal Económico expone que en el informe económico financiero no se establece el importe de los ingresos que se van a generar con el impuesto, que cubra o al menos se aproxime lo máximo posible al coste real de los servicios. La ley 7/2022 establece que la tasa no puede ser deficitaria, es decir, no financiable con otros recursos.

El gravamen supone 4,6 euros más al mes para una familia de cuatro miembros

Entre los reparos, también aparece que se podría haber contemplado los posibles ingresos derivados de la responsabilidad ampliada del productor de financiar el coste de la gestión de los residuos, o los procedentes de venta de materiales y energía. “En el hecho imponible de la tasa, se recogen servicios de recepción obligatoria inherentes y complementarios de la gestión de residuos urbanos, sin que se determinen exactamente cuáles son éstos”. Por último, el órgano detalla que “habría que tener en cuenta para determinar los costes los ingresos de la actual tasa de recogida domiciliaria de basuras, que ya incluye como objeto la recogida, transformación y eliminación de los residuos urbanos”.

No es el único dictamen que pone inconvenientes al borrador de la ordenanza de residuos y suelos contaminados que debe aprobar el gobierno municipal antes del próximo 10 de abril. El CESS advierte que “no pagará más quien más contamina” en un dictamen sobre los residuos en el que señala que “la proporcionalidad no incentiva reciclar”.

“Lo que queda claro es que la configuración de la tasa no cumple el objetivo de que pague más quien más contamina o más residuos generen. Y desde luego, el tratamiento proporcional en función del número de personas empadronadas en cada domicilio no incentiva de ninguna forma el esfuerzo de reciclar, pues tal y como está configurado, el ciudadano va a pagar el mismo importe con independencia del esfuerzo por separar los residuos en origen que haga”. Esta es una de las principales conclusiones del Consejo Económico y Social de Sevilla –formado por representantes de los sindicatos, los empresarios y algunas asociaciones de consumidores– en un dictamen sobre la tasa de residuos y suelos contaminados. Añaden que “el tratamiento proporcional en función del número de personas empadronadas en cada domicilio no incentiva de ninguna forma el esfuerzo de reciclar, pues tal y como está configurado, el ciudadano va a pagar el mismo importe con independencia del esfuerzo por separar los residuos en origen que haga”.

El Tribunal Económico considera que la tasa de residuos “es una doble imposición”
El Tribunal Económico considera que la tasa de residuos “es una doble imposición” / Juan Carlos Vázquez

En las valoraciones sostienen que en el informe técnico–económico, “este CESS echa en falta la información sobre los ingresos que podría obtener Lipasam por la recogida, transporte y venta de residuos, así como conocer cómo se ha realizado el cálculo de repercusión de estos costes en cada una de las tarifas. Esta falta de información en el expediente imposibilita analizar si el reparto que se ha realizado es adecuado o no”.

Acusan al gobierno municipal de que no han “tenido en cuenta otras fuentes de financiación que permitan reducir el coste neto del servicio y, en consecuencia, el coste a repercutir a través de la tasa o regular bonificaciones”. Para finalizar, el CESS concluye que, “entendemos que tal y como está configurada la tasa, lo único que se hace es repartir el coste que recoge el informe técnico–económico, pero sin indicar qué criterios se han utilizado para su repercusión entre las diferentes tarifas ni va encaminada a cumplir la ley de residuos”.

Este periódico adelantó que una familia tipo pagará 4,6 euros más al mes por la nueva tasa basura, que irá reduciéndose a medida que Sevilla lleve menos residuos al vertedero y se vaya acercando al objetivo que marca la normativa Europa. Este año la tasa se cobrará el 1 de abril y los años siguientes desde el 1 de enero.

stats