Cuánto tiempo necesito estar empadronado en Sevilla para solicitar un VPO y cómo hacerlo, paso a paso

Las nuevas medidas tomadas en el Registro de Demandantes permiten una inscripción más sencilla y digitalizada

Nuevos requisitos para solicitar una VPO en Sevilla

Proyección de cómo serán las VPO de nueva promoción en Pítamo Sur-Bellavista
Proyección de cómo serán las VPO de nueva promoción en Pítamo Sur-Bellavista / Emvisesa
Judith R. Iglesias

28 de noviembre 2024 - 17:38

Ahora que el Ayuntamiento de Sevilla ha comunicado, a través de Emvisesa, una reforma integral del Reglamento del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida; es el momento de recordar algunos de los requisitos y pautas para solicitar el acceso a una de ellas. Además, los nuevos edificios y barrios en expansión favorecen el creciente aumento de viviendas de protección oficial (VPO).

En la página web de Emvisesa se presentan los pasos a seguir, así como las respuestas a algunas de las preguntas más formuladas por los ciudadanos interesados. Entre ellas, cuánto tiempo es necesario estar empadronado en la ciudad de Sevilla para poder optar como demandante.

Requisitos para solicitar una VPO en Sevilla

A pesar de los cambios introducidos en la materia, y orientados a mejorar la experiencia tanto de los demandantes como de los promotores, los requisitos continúan siendo los mismos:

  • Ser mayor de edad.
  • No ser titular de una vivienda en propiedad, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de uso o disfrute vitalicio.
  • Acreditar el solicitante o la unidad familiar o de convivencia unos ingresos que no excedan de 7 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). “Una vez inscritos, el límite de veces IPREM para acceder a cada vivienda o promoción dependerá del régimen otorgado por la calificación como vivienda protegida y de los distintos planes en que se encuadren las mismas”.

¿Cuánto tiempo necesito estar empadronado en Sevilla?

A la hora de formalizar la solicitud, Emvisesa deja claro que estar empadronado en Sevilla “no será un requisito previo para la inscripción”. Ahora bien, sí que será “uno de los criterios para la selección de demandantes de vivienda protegida en la ciudad”. Por lo tanto, como aclara la empresa en la sección de preguntas frecuentes, “la vinculación con Sevilla será un requisito preferente de adjudicación, pero no de inscripción”.

¿Qué podemos entender entonces por “vinculación” con la ciudad? ¿De cuánto tiempo estamos hablando? Al respecto, Emvisesa se refiere a los siguientes casos para contar con este derecho preferente:

  • Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la inscripción.
  • Haber estado empadronado en el municipio, al menos, durante cinco años, en cualquier momento anterior.
  • Tener un puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Cómo solicitar una VPO, paso a paso

Como indica la empresa municipal, para optar a una vivienda protegida es requisito indispensable estar inscrito en el Registro de Demandantes, además de cumplir las condiciones establecidas. ¿Cómo realizamos la inscripción?

Existen dos posibles vías: telemática y presencial. Eso sí, con las recientes novedades se procura que la inscripción sea más sencilla y digitalizada, a través de tres medidas:

  • Declaración responsable: Ahora basta con completar una solicitud para inscribirse, sin necesidad de aportar documentos al inicio del proceso.
  • Notificaciones electrónicas: Se priorizan las comunicaciones digitales para agilizar los trámites.
  • Mayor flexibilidad: Se facilita la modificación y cancelación de inscripciones. Además, se elimina la penalización de tres años por rechazos repetidos de vivienda.

Teniendo en cuenta esto, podemos obtener el impreso de solicitud a través de la página web de Emvisesa o en la Oficina de Registro Correspondiente. También está a disposición de los interesados en los Puntos de Atención al Ciudadano de cada distrito.

Si optamos por realizar los trámites de forma presencial, debemos pedir una cita previa. Para ello, tenemos dos opciones: llamar al 010 o solicitarla en la plataforma web del consistorio. En el caso de llamar, hay que solicitar la opción “Ayuntamiento de Sevilla” o “Emvisesa”. Si nos dirigimos a la web, podemos hacer clic en “Emvisesa y Registro de Demandantes”.

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