Cómo quedarán los precios de la ciudad de Sevilla para 2025

El precio del Real Alcázar de Sevilla sube un euro en taquilla para equipararlo con el de la venta online

El Pleno aprueba las ordenanzas fiscales con el apoyo de Vox y dos votos de calidad de Sanz

El delegado de Hacienda Juan Bueno explicando el proyecto de ordenanzas fiscales para 2025.
El delegado de Hacienda Juan Bueno explicando el proyecto de ordenanzas fiscales para 2025. / Ayuntamiento de Sevilla
Judith R. Iglesias

29 de octubre 2024 - 17:57

El proyecto de ordenanzas fiscales de Sevilla para el año 2025 ya ha sido aprobado. Por lo tanto, el gobierno de José Luis Sanz consigue sacar adelante un modelo de tasas e impuestos con el que pretende “aminorar la carga impositiva de todos los sevillanos”, según ha explicado el delegado de Hacienda, Juan Bueno.

Las medidas propuestas por el ejecutivo hispalense van desde aumentar las bonificaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que suben hasta el 50% en el caso de los edificios emblemáticos; hasta bajar la tasa de reserva del servicio de autotaxi o subir el precio de la tarifa del Alcázar en taquilla para equipararlo con su correspondiente venta online.

Bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

En el caso del IBI, las modificaciones se centran en tres ámbitos diferenciados: familias numerosas, viviendas públicas protegidas y los comercios o edificios emblemáticos. A continuación, vamos a ver de qué manera se ha resuelto este impuesto de cara al ejercicio de 2025.

  • Familias numerosas. Para aquellas familias con más de tres hijos, la bonificación del IBI será independiente de su nivel de renta y del valor catastral. Asimismo, los porcentajes de bonificación aplicables se amplían en 10 puntos. Por lo tanto, las que están al 90% se quedan al 90%, que es el máximo legal; las del 75% pasan al 85%; las del 70% al 80%; y las del 65% al 75%, en 2025.
  • Viviendas públicas protegidas. En este caso, se aumenta al máximo legal posible el porcentaje de bonificación. Es decir, al 50% durante nueve años. Antes de este cambio, se pagaba el 50% los seis primeros años y el 30% hasta el noveno. ¿Qué significa esto? Que las bonificaciones pasan de un 30% a un 50% en esos tres últimos años.
  • Comercios emblemáticos. Los comercios que cuenten con el distintivo de la Ordenanza de Establecimientos Emblemáticos de la Ciudad de Sevilla van a contar, por primera vez, con una bonificación del 50% en el IBI.

Los apartamentos y viviendas turísticas, sin bonificación del ICIO

Los grandes perjudicados de las nuevas medidas son los establecimientos de apartamentos y viviendas turísticas, ya que no podrán acogerse a la bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a partir de su entrada en vigor, que será el 1 de enero de 2025.

Reducción de las tasas de entrada y salida de vehículos

Por el lado contrario, los vecinos y comerciantes que vean el acceso a su garaje afectado por la realización de obras públicas serán compensados con una reducción de la tasa de entrada y salida de vehículos, manifiesta de la siguiente manera:

  • Entre tres y seis meses de obras. La tasa pasará de una reducción del 25% a una del 50%.
  • Más de seis meses de obras. Llegan al 100% de la cuota.

Baja la tasa de reserva de espacio para las paradas de taxi

Para este sector, baja la tarifa de licencias con turno único de 32 euros al trimestre a 32 euros anuales; y en lo referente a las licencias con turno doble, la tarifa pasa de 64 euros trimestrales, a 64 euros anuales.

Precio público del Real Alcázar de Sevilla

Las entradas en taquilla para acceder al Real Alcázar de Sevilla suben 1 euro, con el fin de equiparar los precios a los de venta online. A pesar de ello, la entrada para los sevillanos y residentes en Sevilla seguirá siendo gratuita.

  • Precio actual en taquilla: 14,40 euros, la entrada general; y 7,00 euros, la reducida.
  • Precio en taquilla para 2025: 15,50 euros, la entrada general; y 8,00 euros, la reducida.

Asimismo, continúan exentos del pago:

  • Los visitantes nacidos o residentes en Sevilla.
  • Los menores de hasta 13 años, acompañados de una persona mayor de edad.
  • Aquellos que tengan más de un 33% de discapacidad junto a su acompañante, con un documento que lo acredite.
  • Desempleados de la provincia de Sevilla, debidamente acreditados.
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