La ventana
Luis Carlos Peris
Reventa y colas para la traca final
El paso que pretende dar ahora el Ayuntamiento de Sevilla ya se ha adelantado en otras ciudades españolas, pero ninguna regulación ha servido, por ahora, para frenar la proliferación de viviendas turísticas y poner orden en el sector. ¿Qué se está haciendo en el resto de España?
El Gobierno de Ada Colau limitó la concesión de licencias de pisos turísticos en Barcelona en enero de 2017. La alcaldesa implementó el PEUAT, una normativa estricta que regula la implantación y gestión de pisos turísticos en la Ciudad Condal, donde las licencias dependen de las zonas en donde se encuentran los pisos. Sólo en los barrios más aislados del centro no hay limitaciones. En otros hay que esperar a que alguien ceda su licencia o se dé de baja y hay otros barrios donde directamente no se conceden. La norma está en la cuerda floja después de varias sentencias judiciales por poner coto a los hoteles. Y tendrá que ser revisada.
La guerra contra los pisos turísticos en Baleares comenzó a mediados de 2017, pero, de momento, el objetivo no se ha logrado. El Ayuntamiento de Mallorca ha limitado la actividad de las viviendas de uso turístico, reservándolas únicamente para las viviendas unifamiliares.
La ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de Bilbao establece que sólo pueden ser viviendas de uso turístico las plantas bajas o primeras, salvo que tengan acceso independiente a la calle, y exige una autorización y su registro, al tiempo que fija otros límites. Y algo similar sucede en San Sebastián, donde, además, se prohíben las viviendas en algunas zonas del centro.
El Ayuntamiento de Madrid estableció en enero de 2018 que las viviendas de uso turístico suponen una actividad económica y, por tanto, son establecimientos de uso terciario que requieren licencia. En el mismo instante, decretó una moratoria en la concesión de permisos mientras redactaba la normativa que se aprobó la pasada primavera. Durante un año estos alojamientos han estado en el limbo. Los propietarios de las viviendas ya pueden solicitar la licencia para alquilarlas a turistas, pero deberán cumplir el requisito de tener un acceso independiente al del resto de las viviendas de la finca. Los que de momento esquivan las restricciones son quienes arriendan los pisos de forma esporádica (menos de 90 días al año). Madrid se ha dividido en tres anillos, según la densidad de este tipo de alojamiento, que se concentra en el centro. Cada uno tiene sus requisitos.
El Gobierno canario reguló los usos del alquiler vacacional en 2015 y, aunque el Tribunal Superior de Justicia anuló el artículo que prohibía el alquiler vacacional en las zonas turísticas, la ley siguió vigente porque el Ejecutivo recurrió al Supremo, que ya ha anulado la decisión del Gobierno canario. Ahora se prepara una nueva regulación.
En Valencia, los pisos turísticos tienen la obligación de estar registrados en la Agencia Valenciana de Turismo y someterse a la normativa vigente de seguridad y calidad. Murcia tiene un plan específico para reducir el desequilibrio actual entre la oferta reglada y la no reglada.
En estas comunidades se han dado pasos para regular este mercado y en Asturias también hay conflicto judicial.
Los modelos que la Comisión Europea considera ejemplares son los de ciudades como Ámsterdam o Londres, donde cualquier propiedad puede ser alquilada con fines turísticos sin la necesidad de licencia o cambio de uso, eso sí, siempre que no se alquile más de 90 noches por año.
En Europa se recomienda la hibridación de las viviendas sin limitar su uso a una sola dedicación. En París, los propietarios deben estar registrados y no pueden alquilar el piso más de 120 días al año.
En Berlín se aprobó una ley para restringir los alquileres que obliga a los propietarios a registrarse, establece una serie de requisitos y fija sanciones de hasta 500.000 euros. En otras ciudades alemanas, como Fráncfort y Dortmund han llegado a sendos acuerdos con Airbnb para percibir directamente una tasa turística cuando el cliente paga a través de la aplicación.
Una tasa similar existe en Italia, donde el propietario debe pagar un 21 % de lo que cobra al usuario por alquileres de menos de treinta días.
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