Las patronales piden modificar la ordenanza de ruidos que vincula el aforo y los veladores
Coronavirus bares
La CES y la Asociación de Hosteleros de Sevilla no conciben que los sindicatos se opongan a modificar la ordenanza, ya que ello supondría la salvación de cientos de puestos de trabajo.
La Asociación de Hosteleros ha pedido al Ayuntamiento de Sevilla que modifique la Ordenanza contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones. Quieren que la concesión de veladores no se regule en función del aforo interior de los negocios. Dicha modificación, según la patronal, "supondría la salvación de cientos de puestos de trabajo y facilitaría la concesión de nuevos veladores, ya que supondría un trámite más sencillo". Resaltan que, dada la excepcionalidad generada por la crisis del coronavirus, es este es el momento en el que "los hosteleros necesitan -más que en ningún otro- poder trabajar en las terrazas, ya que hay menor posibilidad de aún de contagio al aire libre".
La no derogación del artículo de la ordenanza supondrá, según sus cálculos, "la desaparición de 800 veladores y, en consecuencia, el cierre de numerosos establecimientos emblemáticos de la ciudad que no cuentan con espacio suficiente en interior, y que verían limitado el número de veladores en cuatro". Por estos motivos, ambas patronales, pues se une la Confederación de Empresarios de Sevilla (CES), instan a la reflexión a los colectivos que están convocados al Consejo Económico y Social de Sevilla para lograr la salvación de cientos de puestos de trabajo en la ciudad.
Por su parte, la CES presentará una enmienda a la totalidad al dictamen que quieren aprobar dichos colectivos al entender que si sigue vigente este artículo hará un grave daño al sector hostelero, uno de los más perjudicados por las medidas tomadas por las diferentes administraciones para combatir la crisis sanitaria, y ya que no entiende cómo "no se defiende una reforma encaminada a ayudar a que no se destruyan más empleos". En concreto, lo que pretende modificar es el artículo 30, con la supresión del apartado 7º, que establece que "el número máximo de sillas en los veladores no excederá del 50% del aforo de la actividad principal, con un mínimo de 4 veladores, siempre que se cumplan las condiciones de instalación y de ocupación establecidas en la Ordenanza Reguladora de Terrazas de Veladores".
Además, afirman que "la supresión de este apartado viene motivada por el cambio normativo en el marco autonómico que regula, por primera vez, los veladores desde la perspectiva de la protección acústica y que hace que, junto con la Ordenanza Reguladora de Terrazas de Veladores y la propia Ordenanza Contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones, exista ya una regulación completa en este ámbito, no sólo desde la perspectiva del ruido sino de la protección de la vía pública y la accesibilidad". De modo que con la modificación que se ha realizado del Decreto 155/2018, de 31 de julio, de la Junta de Andalucía, la obligatoriedad de realizar estudios acústicos para obtener la licencia de veladores garantiza que se van a cumplir los objetivos de calidad acústica.
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