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Las patronales de la ingeniería impugnan el encargo a la pública INECO del proyecto del puente de la SE-40 de Sevilla

Solicitan al Tribunal Central de Recursos Contractuales que anule la formalización del encargo y paralice la formalización y ejecución del encargo hasta la resolución del presente recurso

Ineco encarga por once millones la redacción y diseño del puente de la SE-40

El Ministerio de Transportes encargará el proyecto del puente de la SE-40 a la empresa pública INECO

Reproducción virtual del mirador del puente de la SE-40 sobre el Guadalquivir / Ministerio de Transportes

Frente patronal contra el encargo del Ministerio para proyectar el puente sobre el río Guadalquivir. Tal como anunciaron este verano en junio, las patronales del sector de la ingeniería CÍES (federación en la que se integra la andaluza ASICA), CEACOP y ASECI han recurrido el encargo de la redacción del proyecto de construcción del puente sobre el Guadalquivir de la SE-40 por parte del Ministerio de Transportes a la empresa pública INECO. Las tres organizaciones empresariales representan a 200 compañías españolas de ingeniería y emplean a 13.500 trabajadores.

Este mismo lunes 16 de septiembre, han presentado el recurso al Tribunal Central de Recursos Contractuales para que anule el anuncio y el documento de formalización del encargo que la Dirección General de Carreteras ha efectuado a INECO y, consecuentemente, que anule los subcontratos derivados del encargo, licitados por INECO.

El gremio ha solicitado, como medida cautelar, la suspensión del encargo, lo que conlleva paralizar la formalización y ejecución del encargo hasta la resolución del presente recurso y, por consiguiente, la suspensión de los subcontratos derivados del mismo que han sido licitados por INECO con fecha de publicación el 27 de agosto de 2024. Señalan que "la adopción de la medida cautelar de suspensión evitaría que se procediera a la ejecución de un encargo ilegal que supone una restricción efectiva de la competencia y perjudica gravemente al sector privado de los servicios de ingeniería".

CIES, CEACOP y ASECI han solicitado al Tribunal Central de Recursos Contractuales que anule el anuncio y el documento de formalización del encargo de “Asistencia técnica para la redacción de los Proyectos de construcción que desarrollan la “Autovía SE-40. Tramo: enlace A-4 (Dos Hermanas) – enlace A-8058 Coria del Río” de Claves. 14-SE-5130.A – 14-SE-5130.B” que la Dirección General de Carreteras ha efectuado a INECO, y, consecuentemente, que anule los subcontratos derivados del encargo, licitados por INECO, con título “cálculo de la estructura y diseño del viaducto principal sobre el río Guadalquivir y la supervisión dinámica extraordinaria de los proyectos de construcción que desarrollan la “Autovía SE-40. Tramo: enlace A-4 (DOS HERMANAS) – enlace A-8058 (Coria del Río)”, de claves: 14-SE-5130.A y 14-SE-5130.B”.

Las tres negaciones del Ministerio de Transportes

El gremio explica que han solicitado el acceso al expediente de encargo "hasta en tres ocasiones (26 de agosto, el mismo día de la publicación del encargo, el 4 de septiembre y el 8 de septiembre)" y que "la Dirección General de Carreteras ha negado dicha solicitud de forma previa a la interposición del recurso, en contra de lo que dispone la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)".

Los cuatro motivos del recurso

Los motivos que justifican la procedencia del recurso interpuesto residen en "el incumplimiento de los requisitos legales para realizar los encargos del artículo 32 de la LCSP", concretamente cuatro:

  1. Sin justificación. La ausencia de justificación de que el encargo, supuestamente, representa una opción más eficiente, sostenible y eficaz que la contratación pública.
  2. No hay razones de urgencia ni seguridad. La falta de concurrencia de las razones de seguridad o de urgencia que, eventualmente, pudieran aconsejar emplear la técnica excepcional del encargo en lugar de la licitación. Debemos recordar que la orden de estudio para resolver el paso sur de la ronda SE-40 data de julio de 1995.
  3. Subcontratación por encima del límite legal. La infracción del límite legal del 50% de la subcontratación previsto en el artículo 32.7.b) de la LCSP, por pretender subcontratar gran parte de los servicios en un porcentaje del 60,87%, sin la debida motivación de las supuestas excepciones que permitirían subcontratar por encima del tope.
  4. Sin metodología BIM. La falta de inclusión de la metodología BIM en la redacción y supervisión de los proyectos, pese a su carácter obligatorio según el Plan BIM España.

El gremio denuncia que "el creciente y grave problema de los encargos a los Medios Propios viene de largo y, de hecho, tanto el Tribunal de Cuentas como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) han sido muy críticos sobre la forma en que se viene aplicando los encargos como vía de escape de las normas que rigen la adjudicación de los contratos públicos y el enorme perjuicio que conlleva para la competencia efectiva en el mercado. Las patronales denuncian que se les están quitando trabajos que les corresponden y que su mercado se reduce sustancialmente".

"En este caso, además, la actividad esencial y crítica del proyecto que se encarga a INECO -el cálculo y el diseño del puente singular- ha sido a su vez subcontratado por esta compañía pública en su totalidad, lo que vuelve a demostrar la ineficiencia del encargo y abunda en la necesidad de una motivación reforzada del subcontrato, pues no se trata de una prestación accesoria o complementaria, sino de la prestación esencial y más importante del encargo, como es el puente. Además, INECO también ha subcontratado la supervisión dinámica, lo que provoca una merma en la independencia del auditor externo que fiscalice la redacción de los proyectos. Queda patente, pues, que el sector privado de la ingeniería puede atender mucho mejor a las necesidades del Ministerio".

"Por último, el Plan BIM de España, aprobado en el Consejo de Ministros de 27 de junio de 2023, es el documento que contiene el Plan de incorporación de la metodología BIM en la contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes como es INECO. Estas tres patronales subrayan que no se debe perder de vista que INECO ha sido, por designación del Ministerio, protagonista de la Comisión es.BIM durante años y que, en un encargo en el que puede demostrar sus conocimientos en materia de modelos digitales de infraestructuras, se excepciona el requisito por motivos de urgencia. Afirman que, en la actualidad, no se proyecta ningún puente de esta entidad (será récord de gálibo en España) sin un modelo digital".

CÍES es la Federación de asociaciones de empresas de Conocimiento e Ingeniería de España. www.cies.link

CEACOP es el Circulo de Empresas Andaluzas de la Construcción, Consultoría y la Obra Pública. www.ceacop.com

ASECI es la Asociación de Empresas de Consultoría e Ingeniería independientes de infraestructuras. www.asociacionaseci.es

ASICA es la Asociación Empresarial de Ingenieros Consultores de Andalucía y miembro de CÍES. www.asica.es

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