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Los antiguos pacientes de cáncer no podrán ser discriminados en la firma de seguros e hipotecas

Real decreto ley

El Gobierno va a impulsar la modificación de un real decreto ley para garantizar el derecho al olvido oncológico

El Gobierno prohibirá el trabajo al aire libre cuando haya alerta roja o naranja por calor.

Pedro Sánchez y representantes de las asociaciones de lucha contra el cáncer, en Sevilla. / Efe/Pool Moncloa/Borja Puig De La Bellacasa
R. D.

13 de mayo 2023 - 12:42

El Gobierno garantizará el derecho al olvido oncológico. Va a impulsar la modificación de un real decreto ley para impedir la discriminación de antiguos pacientes de cáncer, que ahora sufren condiciones más gravosas en los contratos de seguros e hipotecarios, y así garantizar el "derecho al olvido oncológico".

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha trasladado su compromiso de "implantar de inmediato este nuevo derecho" a los representantes de distintas entidades y asociaciones de lucha contra el cáncer con las que se ha reunido este sábado en la Delegación del Gobierno en Andalucía antes de su mitin en Sevilla, según han informado fuentes de Moncloa.

Para ello, el Gobierno impulsará la modificación del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y de la Ley del Contrato del Seguro.

La intención del Gobierno es que a partir de junio sean declaradas nulas todas las cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos "que excluyan o que discriminen a la hora de contratar productos o servicios" y prohibir que haber padecido cáncer sirva para "imponer condiciones más gravosas en los contratos de seguros".

Además, el Gobierno prevé establecer el derecho a no declarar que se ha padecido cáncer cuando estos antiguos pacientes vayan a contratar un seguro vinculado a un préstamo hipotecario.

Estos nuevos derechos beneficiarán a todas las personas que hayan finalizado un tratamiento oncológico cinco años antes de la fecha de suscripción del contrato, sin recaída posterior, según han aclarado fuentes de Moncloa

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