¿Cuál es la normativa interna de la Hermandad de la Esperanza de Triana para los costaleros?

El reglamento interno de la Hermandad establece límites de edad y tiempo máximo bajo las trabajaderas para los costaleros

Fran Rivera estalla contra una normativa de la Esperanza de Triana: "Estoy destrozado"

Hermandad de la Esperanza de Triana
Hermandad de la Esperanza de Triana / Víctor Rodríguez
Judith R. Iglesias

21 de noviembre 2024 - 13:46

Fran Rivera, torero y costalero de La Esperanza de Triana, ha denunciado en redes sociales una situación que ha envuelto en polémica a la Hermandad. A través de un vídeo compartido en su cuenta de Instagram, explica que su Junta de Gobierno no permite que nueve costaleros se despidan de las trabajaderas del paso del Tres Caídas en la Semana Santa de 2025, por ser mayores de 50 años.

Esto es algo que recoge el propio reglamento interno, redactado en 2015. Sin embargo, cuando correspondía que realizaran su última procesión en la Semana Santa de este año, la lluvia impidió que se pudiera llevar a cabo. “No es culpa de nadie”, comenta Rivera; pero solicitan una prórroga dadas las circunstancias excepcionales.

Se trata de algo que, además, cuenta con un precedente: a los costaleros cuyo último año coincidió con la pandemia de la Covid-19, se les permitió despedirse en 2022, cuando se retomaron las procesiones. Por ello, esperaban una respuesta afirmativa, pero la solicitud ha sido denegada. Fran Rivera se muestra disconforme con lo sucedido y, sobre todo, decepcionado. Ahora, cabe preguntarse qué dicta exactamente el reglamento interno de La Esperanza de Triana.

La Esperanza de Triana: normativa

Fue en octubre de 2015 cuando la Junta de Gobierno aprobó la normativa básica para las cuadrillas de la Hermandad de la Esperanza de Sevilla que, en lo que respecta a la edad, establece lo siguiente: “Ningún hermano podrá ser costalero con más de 50 años y tampoco podrá estar más de 25 años bajo las trabajaderas en la Esperanza de Triana”.

Como recoge el portal Triana al Día, se trata del artículo 3, relativo a la pérdida de la condición de miembro de la cuadrilla. Una decisión que, más allá de una cuestión de edad, podría tomarse también por “el capataz de paso en razón de los requerimientos técnicos de la cuadrilla, las condiciones físicas del hermano costalero o por la pérdida de la confianza sobre la que descansa la relación entre capataz y costalero”.

Finalmente, el artículo 3.2 sostiene que “en las decisiones que se adopten en materia de bajas como miembro de la cuadrilla deberá considerarse convenientemente la necesidad de renovación del equipo humano que la compone, facilitando la incorporación de las nuevas generaciones al colectivo”.

Requisitos para ser costalero

Por otro lado, a la hora de presentarse para ser costalero en la Esperanza de Triana es necesario cumplir con una serie de requisitos, que vienen estipulados en el artículo 1.2. de esta normativa:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Tener, como mínimo, cuatro años de pertenencia continuada en la Hermandad al momento en el que se produzca la igualá y estar al corriente en el pago de las anualidades vencidas de las cuotas de hermano.
  • Haber concurrido a la igualá que se celebre con anterioridad al inicio de los ensayos del año en que se produzca la admisión.

Además, se establecen normas de actuación en relación a mantener un comportamiento adecuado, acorde a las Reglas de la Hermandad; cultivar relaciones con los hermanos integrantes de la cuadrilla; y observar con especial atención la corrección en la indumentaria y las normas de uniformidad en los ensayos, entre otras.

"Esto es una Hermandad, no una empresa"

Después de años dedicados a la Hermandad, Fran Rivera no entiende la decisión. “Respetamos la norma, pero solo pedíamos una prórroga de un año, como ya pasó con el Covid. No entendemos por qué esta vez no se hace lo mismo”. Por último, añade en su discurso que “esto es una Hermandad, no una empresa. Aquí debería primar el amor, la caridad y la fraternidad”.

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